SILENCIO CON SENTIDO POSITIVO

Tipo
Decisión Administrativa
Número
836/24
Organismo
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Área
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Fecha de dictado
23/08/2024
Publicación en el BO
26/08/2024

www.diarioprevisional.com.ar https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/312773/20240826 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decisión Administrativa 836/2024 Ciudad de Buenos Aires, 23/08/2024 DA-2024-836-APN-JGM - Cronograma Implementación - Silencio Positivo.VISTO el Expediente N° EX-2024-90458060-APN-DGDYD#JGM, la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742, el Decreto N° 695 del 2 de agosto de 2024, y CONSIDERANDO: Que por el CAPÍTULO III - Procedimiento administrativo del TÍTULO II - Reforma del Estado de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos Nº 27.742 se introdujeron modificaciones a la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549.Que mediante el artículo 31 de la referida ley se incorporó como inciso b) del artículo 10 de la citada Ley Nº 19.549 la aplicación del silencio con sentido positivo para las autorizaciones administrativas y se establecieron materias excluidas de la aplicación del mismo, estableciéndose asimismo la posibilidad de incluir otros supuestos específicos de excepción por vía reglamentaria.Que mediante el Decreto N° 695/24 se reglamentaron ciertos aspectos de la mencionada Ley N° 27.742, entre ellos las reformas introducidas en relación con la figura del silencio o la ambigüedad de la Administración.Que, en ese sentido, por el artículo 2° del referido decreto se encomendó a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la aprobación, dentro del plazo de QUINCE (15) días contados a partir de la entrada en vigencia del mismo, del cronograma de implementación del silencio con sentido positivo en la Administración Pública centralizada y descentralizada.Que la implementación prevista implica la identificación de la totalidad de los procedimientos administrativos de las distintas reparticiones de la Administración Pública Nacional en los cuales tramite el otorgamiento de una autorización administrativa, con el alcance definido en el Decreto N° 695/24.Que una vez identificados los trámites a los que será de aplicación el silencio con sentido positivo, se deberán modificar los mismos en la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) o aquella que utilice la repartición correspondiente a tales efectos, con el fin de incluir una leyenda que ponga en conocimiento del particular la aplicación del referido silencio con sentido positivo.Que la identificación y modificación de trámites en las plataformas conlleva una tarea coordinada entre las áreas requirentes y la DIRECCIÓN DE TRAMITACIÓN A DISTANCIA dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INTEGRACIÓN Y TRAMITACIÓN DIGITAL ESTATAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y/o los 1 de 2 www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/312773/20240826 equipos técnicos que tengan a cargo su implementación en otros sistemas a través de los cuales se gestionen autorizaciones administrativas.Que en atención a la tarea encomendada por el Decreto N° 695/24, y en miras a velar por la correcta aplicación del silencio con sentido positivo en los procedimientos a través de los cuales tramite el otorgamiento de una autorización administrativa, corresponde establecer el correspondiente cronograma de implementación.Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 2 de la Constitución Nacional y 2° del Decreto N° 695/24.EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS Por ello, DECIDE: ARTÍCULO 1°.- A partir del 1º de noviembre de 2024 las reparticiones de la Administración Pública Central, incluidos los organismos desconcentrados, deberán implementar el silencio con sentido positivo en el marco de procedimientos administrativos en los cuales tramite el otorgamiento de una autorización administrativa, a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) o de la que la repartición correspondiente utilice a tales efectos.ARTÍCULO 2°.- A partir del 1º de diciembre de 2024 los Organismos Descentralizados de la Administración Pública Nacional deberán implementar el silencio con sentido positivo en el marco de procedimientos administrativos en los cuales tramite el otorgamiento de una autorización administrativa, a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) o de la que la repartición correspondiente utilice a tales efectos.ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación.ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.Guillermo Francos - Diana Mondino e. 26/08/2024 N° 57388/24 v. 26/08/2024 Fecha de publicación 26/08/2024 2 de 2 www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La Decisión Administrativa 836/2024 establece un cronograma para la implementación del silencio positivo en los procedimientos administrativos de autorización en la Administración Pública Nacional, en cumplimiento de las reformas introducidas por la Ley N° 27.742 y el Decreto N° 695/24. La norma detalla los plazos específicos para que las reparticiones públicas centralizadas y descentralizadas integren en sus plataformas digitales (TAD) la funcionalidad de silencio positivo, garantizando así la presunción de aprobación automática ante la inacción de la Administración, salvo excepciones expresamente previstas. La medida busca modernizar y agilizar los procesos administrativos mediante la incorporación de mecanismos de automatización y transparencia, en línea con las reformas del Estado digital y la normativa de procedimientos administrativos.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta norma establece que, a partir del 1 de noviembre de 2024, los organismos del Estado deberán permitir que, si una persona solicita una autorización y la Administración no responde en el plazo establecido, se entenderá que la autorización fue concedida automáticamente (esto es el 'silencio positivo'). Luego, a partir del 1 de diciembre de 2024, también deberán aplicar esta regla los organismos descentralizados. La idea es que los trámites sean más rápidos y sencillos, eliminando la necesidad de esperar una respuesta expresa. Esto funciona como si dejaras un mensaje en un buzón y, si no te contestan en un tiempo, se asume que te dieron la autorización. La implementación se hará a través de plataformas digitales (como la Plataforma de Trámites a Distancia), donde se indicará claramente cuándo se aplica esta regla, para que tanto los ciudadanos como las instituciones tengan certeza y confianza en el proceso.

Autor: I.A.

Voces

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