VALORES CÁPITAS DE OBRAS SOCIALES JUBILADOS Y PENSIONADOS Y BENEFICIARIOS DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO

Tipo
CII
Número
11/24
Organismo
ANSeS
Área
DADPyL
Fecha de dictado
27/09/2024
Publicación en el BO
27/09/2024

www.diarioprevisional.com.ar Buenos Aires, 27 de septiembre de 2024 COMUNICACIÓN INFORMATIVA INTERNA DADPyL N° 11/24 VALORES CÁPITAS DE OBRAS SOCIALES JUBILADOS Y PENSIONADOS Y BENEFICIARIOS DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO REEMPLAZA A LA COMUNICACIÓN INFORMATIVA INTERNA DADPyL N° 09/24 Se informa a todas las Oficinas y áreas centrales de esta Administración Nacional que, conforme al Decreto Nº 274/24 que estableció el valor de la movilidad jubilatoria a partir del mes de octubre 2024 y a la publicación de los nuevos valores del Subsidio Automático Nominativo de Obras Sociales (SANO) por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSALUD), se han actualizado los valores de las cápitas que se liquidan a las obras sociales para jubilados y pensionados y beneficiarios de la prestación por desempleo. https://www.argentina.gob.ar/sssalud/transparencia/subsidios/sano Por lo tanto, los valores vigentes desde el mes de octubre 2024 son los siguientes: MATRIZ SANO MOVILIDAD OCTUBRE 2024 VALORES CÁPITAS A TRANSFERIR GRUPO ETARIO MASCULINO 7.585,24 11.926,47 14.025,53 31.008,83 FEMENINO 7.585,24 14.025,53 14.025,53 31.008,83 0 a 14 15 a 49 50 a 64 65 o más Área destinataria: Área emisora: Contacto: Áreas Operativas - Áreas Centrales Dirección de Administración de Datos Personales y Laborales CRM - Tema: "OOSS" Subtema: "RECLAMO CÁPITAS" PrestacionesActivas@anses.gob.ar / 19363 www.diarioprevisional.com.ar "

Sumarios

Sumario generado por IA

La comunicación informa la actualización de los valores de las cápitas de las obras sociales para jubilados, pensionados y beneficiarios de prestaciones por desempleo, en cumplimiento del Decreto N° 274/24 y la resolución de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSALUD). La modificación afecta los montos transferidos a las obras sociales, diferenciados por grupo etario y sexo, a partir de octubre de 2024, asegurando la correcta liquidación de los subsidios automáticos nominativos (SANO). La normativa establece la obligatoriedad de aplicar estos nuevos valores en las transferencias correspondientes, garantizando la continuidad en la cobertura de las prestaciones de seguridad social.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este aviso indica que, desde octubre de 2024, los montos que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) transfiere a las obras sociales para cubrir a jubilados, pensionados y beneficiarios del seguro de desempleo, han sido ajustados según lo dispuesto por la ley y la Superintendencia de Servicios de Salud. Es como si se actualizara el monto mensual que recibe cada beneficiario, en función de su edad y sexo, para que las obras sociales puedan seguir brindando sus servicios sin interrupciones. Esto garantiza que los fondos sean adecuados para cubrir las prestaciones, evitando que los beneficiarios pierdan cobertura o que las obras sociales tengan recursos insuficientes para atender sus obligaciones.

Autor: I.A.

Voces

  • obras sociales
  • jubilados
  • pensionados
  • beneficiarios
  • prestación por desempleo
  • valores de cápitas
  • movilidad jubilatoria
  • subsidio automático nominativo
  • superintendencia de servicios de salud
  • actualización de valores
  • decreto nº 274/24
  • liquidación de cápitas

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