MOVILIDAD PARA JUBILACIONES Y PENSIONES RÉGIMEN LUZ Y FUERZA - MENSUAL ENERO-2025
- Tipo
- CII
- Número
- 04/25
- Organismo
- ANSeS
- Área
- DP
- Fecha de dictado
- 07/01/2025
- Publicación en el BO
- 07/01/2025
www.diarioprevisional.com.ar Buenos Aires, 7 de enero de 2025 COMUNICACIÓN INFORMATIVA INTERNA DP Nº 04/25 MOVILIDAD PARA JUBILACIONES Y PENSIONES RÉGIMEN LUZ Y FUERZA - MENSUAL ENERO/2025 Se pone en conocimiento de las áreas operativas de esta ANSES que, teniendo en cuenta que la próxima movilidad a aplicar sobre las prestaciones de Luz y Fuerza, operará en el mensual 03/2025, sólo se ajustarán para el mensual 01/2025 en caso de corresponder, los nuevos valores de haber mínimo y máximo que rigen a partir del dictado de la Resolución ANSES 1247/24.Los nuevos valores de haber mínimos y máximos que rigen a partir del mensual 01/2025 son: Haber mínimo = Haber máximo = Prestaciones excluidas: $ 265.907,01 $ 1.789.302,46 1. Ex-Cajas: 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 61, 70, 71, 72, 74 y 75.2. Retiros de Policía marca R o S.3. Prestaciones puras de ex-capitalización, Rentas Vitalicias (Compañías de Seguro de Retiro) y Rentas Vitalicias Garantizadas 4. Las pensiones liquidadas, cuyos coparticipes superen el 100% del porcentaje de beneficio se incluirán en la tabla de "NO CALCULAR" y los beneficios con errores graves, a fin de no aplicar un aumento indebido.Área destinataria: Oficinas y Áreas Operativas Área emisora: Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" Contacto: "
Sumarios
Sumario generado por IA
La comunicación interna de la ANSES informa que, para la movilidad de las prestaciones del régimen Luz y Fuerza, la actualización en el mes 03/2025 solo afectará los valores de haber mínimo y máximo en el mes 01/2025 si corresponden, conforme a la Resolución ANSES 1247/24. Los nuevos límites de haberes mínimos y máximos son $265.907,01 y $1.789.302,46 respectivamente, aplicables a diversas categorías de prestaciones excluidas, incluyendo ex-cajas, retiros policiales, rentas vitalicias y pensiones con ciertos coparticipes. Se aclara que algunas pensiones con coparticipes superiores al 100% o con errores graves no serán sujetas a movilidad para evitar aumentos indebidos.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma indica que, en enero de 2025, solo se ajustarán los límites de los haberes mínimos y máximos para las jubilaciones y pensiones del régimen Luz y Fuerza si corresponden, según la resolución vigente. Es decir, si en ese mes hay cambios en los valores, solo se aplicarán a ciertos beneficios específicos, y no a todos. Además, se especifican qué tipos de prestaciones están excluidas de estos ajustes, como algunas pensiones especiales y rentas vitalicias, y se advierte que pensiones con errores o coparticipes que superan el 100% no recibirán movilidad para evitar aumentos indebidos. En términos cotidianos, esto significa que solo algunos jubilados verán un cambio en sus haberes en ese período, y que hay reglas claras para evitar que ciertos beneficios se ajusten de forma incorrecta o indebida.
Autor: I.A.
Voces
- movilidad
- jubilaciones
- pensiones
- regimen luz y fuerza
- valores de haber
- prestaciones excluidas
- ex-cajas
- retiros policiales
- rentass vitalicias
- beneficios
- normas previsionales
- actualización
Descargar PDF (requiere iniciar sesión)