MOVILIDAD PARA JUBILACIONES Y PENSIONES RÉGIMEN LUZ Y FUERZA - MENSUAL FEBRERO-2025

Tipo
CII
Número
13/25
Organismo
ANSeS
Área
DP
Fecha de dictado
04/02/2025
Publicación en el BO
04/02/2025

www.diarioprevisional.com.ar Buenos Aires, 4 de febrero de 2025 COMUNICACIÓN INFORMATIVA INTERNA DP Nº 13/25 MOVILIDAD PARA JUBILACIONES Y PENSIONES RÉGIMEN LUZ Y FUERZA - MENSUAL FEBRERO/2025 Se pone en conocimiento de las áreas operativas de esta ANSES que, teniendo en cuenta que la próxima movilidad a aplicar sobre las prestaciones de Luz y Fuerza, operará en el mensual 03/2025, sólo se ajustarán para el mensual 02/2025 en caso de corresponder, los nuevos valores de haber mínimo y máximo que rigen a partir del dictado de la Resolución RESOL-2025-66-ANSES-ANSES.Los nuevos valores de haber mínimos y máximos que rigen a partir del mensual 02/2025 son: Haber mínimo = Haber máximo = Prestaciones excluidas: $ 273.086,50 $ 1.837.613,63 1. Ex-Cajas: 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 61, 70, 71, 72, 74 y 75.2. Retiros de Policía marca R o S.3. Prestaciones puras de ex-capitalización, Rentas Vitalicias (Compañías de Seguro de Retiro) y Rentas Vitalicias Garantizadas 4. Las Pensiones liquidadas, donde la suma del porcentaje de beneficio de sus copartícipes supere el 100% y aquellos beneficios con error en su liquidación, serán excluidos de la aplicación del aumento, hasta tanto se regularice su liquidación.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Oficinas y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales www.diarioprevisional.com.ar CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" "

Sumarios

Sumario generado por IA

La comunicación interna de la ANSES informa que, para la movilidad de las prestaciones del régimen Luz y Fuerza, la actualización de los haberes mínimos y máximos se aplicará únicamente en el mes 02/2025, en función de la Resolución RESOL-2025-66-ANSES. Los nuevos límites son $273.086,50 (mínimo) y $1.837.613,63 (máximo). La actualización en el mes 03/2025 se realizará en base a los valores establecidos en dicha resolución, sin afectar los haberes del mes 02/2025. Se excluyen del ajuste prestaciones específicas, como ex-cajas, retiros policiales, rentas vitalicias y pensiones con beneficios superiores al 100% o con errores en su liquidación, hasta su regularización. La norma regula la movilidad de las prestaciones previsionales en el marco del régimen de Luz y Fuerza, estableciendo criterios de exclusión y actualización de valores en función de la normativa vigente.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Este aviso de la ANSES indica que, para los jubilados y pensionados del régimen Luz y Fuerza, los cambios en los montos mínimos y máximos de sus haberes solo se aplicarán en febrero de 2025. En otras palabras, si usted recibe una jubilación o pensión, los valores que determinan cuánto puede cobrar en el mes 02/2025 se ajustarán solo en ese mes, y no en marzo. Además, algunos tipos de prestaciones, como las pensiones especiales, rentas vitalicias o beneficios con errores en su liquidación, no se verán afectados por estos cambios hasta que se regularicen. Es como si en una tienda, solo ajustaran los precios en una fecha específica, y ciertos productos quedaran excluidos de ese ajuste por tener condiciones especiales o errores en su etiquetado. Esto busca garantizar que las actualizaciones se hagan de manera ordenada y conforme a la normativa vigente, protegiendo los derechos de los beneficiarios y asegurando la correcta liquidación de sus haberes.

Autor: I.A.

Voces

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  • pensiones
  • regimen luz y fuerza
  • haber mínimo
  • haber máximo
  • prestaciones excluidas
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  • resolución
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