INCREMENTO PARA PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS MENSUAL FEBRERO 2026

Tipo
CII
Número
12/25
Organismo
ANSeS
Área
DP
Fecha de dictado
04/02/2026
Publicación en el BO
04/02/2026

A efectos de aplicar el aumento que rige a partir del mes de 02/2026 sobre las Pensiones No Contributivas (Caja 47) que fueran transferidas a este organismo a partir de 01/10/2017 por el Decreto 746/17, se brindan las pautas generales para la actualización de sus haberes como consecuencia del dictado de la Resolución RESOL-21-2026-ANSES-ANSES y lo informado por Nota NO-2026-04578153- ANSES-DGPEYE#ANSES.La movilidad a aplicar de acuerdo a lo establecido por el artículo 32 de la Ley 24.241, es del 2,85% en función al esquema que se detalla a continuación: www.diarioprevisional.com.ar Buenos Aires, 4 de febrero de 2026 COMUNICACIÓN INFORMATIVA INTERNA DP Nº 12/26 INCREMENTO PARA PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS MENSUAL FEBRERO/2026 Ley Aplicada FA-FB-FC-FD-FE-FN-FO - (70 % de la mínima) GA-GE-HA-HB-IA - ( una mínima) GB-GF-FM - (dos mínimas) FG-FH-FI-GC-GG - (tres mínimas) GH - (cuatro mínimas) GD-GI - (cinco mínimas) GJ - (seis mínimas) GK - (ocho mínimas) GL - (diez mínimas) Importe $ 251.478,05 $ 359.254,35 $ 718.508,70 $ 1.077.763,05 $ 1.437.017,40 $ 1.796.271,75 $ 2.155.526,10 $ 2.874.034,80 $ 3.592.543,50 En caso de corresponder el adicional por Zona Austral la misma se calculará en base al nuevo haber.El monto del haber mínimo a 02/2026, es de $ 359.254,35.A continuación, se detalla el tratamiento que debe aplicarse, por tipo de prestación, sobre el haber real en Pensiones Graciables otorgadas por el Congreso de la Nación (Ley aplicada JA a la JX) ya que su cálculo no se corresponde a un porcentaje del haber jubilatorio mínimo, como las leyes mencionadas anteriormente.Existen casos que el aumento responde al índice de movilidad por ley general: 1,0285 que son las leyes (JA a JL).Área destinataria: Área emisora: Contacto: Oficinas y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Las restantes leyes (JM a JX) aumentan por monto fijo equivalente a la diferencia entre la mínima actual y la mínima anterior.Monto (JM a JX) = $ 359.254,35 - $ 349.299,32 = $ 9.955,03 Estas prestaciones se topean a un Haber Mínimo por CUIL.Existen casos con 2 y 3 beneficios, para los cuales se establece el siguiente procedimiento: 1) 2) 3) Aplicar el aumento correspondiente según la Ley Aplicada. Sumar los haberes de las prestaciones por CUIL. Hallar la diferencia a mínima y contar los beneficios que se pueden reducir (Leyes JM a JX). Determinar el monto a reducir en cada una de las prestaciones como: la diferencia dividida la cantidad de beneficios a limitar. El haber de la prestación queda conformado como la diferencia entre el haber determinado y el monto a deducir.4) 5) Si no se encuentra el beneficio a reducir y la diferencia mayor a cero, se deberá listar el caso para su tratamiento manual.Ejemplo 1: Acumulación de dos beneficios graciables.Mensual 01/2026: Ley Aplicada JN JQ Beneficio 1 Beneficio 2 Total 001-000 021-000 318-009 $ 173.487,78 $ 175.811,54 $ 349.299,32 $ 69.395,11 $ 7.286,49 $ 70.324,62 $ 7.384,08 A cada prestación debemos incrementarla en la diferencia entre las mínimas a 01/2026 y 02/2026 ($ 9.955,03), por cuanto: Ley Aplicada 001-000 (01/26) + $ 9.955.03 Beneficio 1 Beneficio 2 JN JQ Total $ 183.442,81 $ 185.766,57 $ 369.209,38 Área destinataria: Área emisora: Contacto: Oficinas y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Como la suma de ambas supera el haber mínimo, debemos reducir el incremento entre ambos beneficios, con lo cual: Diferencia al mínimo = $ 369.209,38 - $ 359.254,35 = $ 9.955,03 Esta diferencia hay que dividirla por 2, por ser 2 los beneficios registrados para la persona. Por lo tanto, el monto a descontar, a cada una de ellas es de $ 4.977,52.De esta forma la liquidación del mensual 02/2026 queda definida como: Mensual 02/2026: Ley Aplicada 001-000 (01/26) + $ 4.977,52 Beneficio 1 Beneficio 2 JN JQ Total $ 178.465,30 $ 180.789,05 $ 359.254,35 021-000 318-009 $ 71.386,12 $ 7.495,54 $ 72.315,62 $ 7.593,14 Observando que entre ambos beneficios se abona el haber mínimo.Ejemplo 2: Acumulación de tres beneficios graciables.Mensual 01/2026: 001-000 021-000 318-009 Ley Aplicada JE JL Beneficio 1 Beneficio 2 $ 86.662,63 $ 34.665,05 $ 3.639,83 $ 86.662,63 $ 34.665,05 $ 3.639,83 Beneficio 3 JN Total $ 175.974,06 $ 349.299,32 $ 70.389,62 $ 7.390,91 Las dos primeras prestaciones (JE y JL) debemos incrementarlas por el porcentaje de movilidad (2,85%), en tanto que la tercera (JN) debemos incrementarla sumándole la diferencia entre mínimas ($ 9.955,03), por cuanto: Ley Aplicada 001-000 (01/26) + movilidad o suma fija $ 89.132,51 $ 89.132,51 $ 185.929,09 $ 364.194,11 Beneficio 1 Beneficio 2 Beneficio 3 JE JL JN Total Área destinataria: Área emisora: Contacto: Oficinas y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar Como la suma de los 3 beneficios supera el haber mínimo, debemos reducir aquella que se actualizó por monto: Diferencia al mínimo= $ 364.194,11 - $ 359.254,35 $ 4.939,76. Esta diferencia hay que restarla sobre el beneficio que se actualiza por monto, luego la liquidación queda: Mensual 02/2026: 001-000 021-000 318-009 Ley Aplicada JE JL JN Beneficio 1 Beneficio 2 Beneficio 3 Total $ 89.132,51 $ 89.132,51 $ 180.989,33 $ 359.254,35 $ 35.653,00 $ 3.743,57 $ 35.653,00 $ 3.743,57 $ 72.395,73 $ 7.601,55 Observando que entre los tres beneficios se abona el haber mínimo.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Oficinas y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "

Descargar PDF (requiere iniciar sesión)