MOVILIDAD PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DOCENTES MENSUAL MARZO 2020

Tipo
Circular
Número
07/20
Organismo
ANSeS
Área
DP
Fecha de dictado
18/03/2020
Publicación en el BO
18/03/2020

www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" Buenos Aires, 18 de marzo de 2020 CIRCULAR DP Nº 07/20 MOVILIDAD PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS DOCENTES MENSUAL MARZO/2020 En atención a la Nota NO-2020-07497455-APN-SSS#MT de fecha 03.02.2020, se comunica que, a partir de marzo/2020, el índice de movilidad a aplicar sobre los haberes de las prestaciones del Régimen Docente es del 23,29% por cuanto se brindan las pautas para su aplicación.1. Dicha movilidad se deberá aplicar sobre todos los beneficios docentes, cuya Ley Aplicada o Clase de Beneficio informada corresponda a docentes y/o contengan, en la liquidación del mensual 02/2020, el concepto Suplemento Docente. (código 006-022 o 006-025 o 006-030).2. Este aumento debe reflejarse exclusivamente con el código 006-025, con lo cual en los casos en que la liquidación contenga en 02/2020 el concepto 006-022, a este se le debe dar el aumento y el monto resultante debe impactarse con el concepto 006-025, dando de baja el 006-022.3. Para los beneficios que no contienen en su liquidación ni el concepto 006-022, ni el 006-025, este aumento deberá reflejarse en el concepto 006-030, creado para identificar los beneficios docentes, que al alta, el 82% del sueldo en actividad al cese no benefició.4. En los casos de beneficios con PBU?PC?PAP el aumento debe darse sobre los tres (3) conceptos, o aquellos que existan, con la salvedad que el monto de la PBU (001-001) a impactar en la liquidación, debe ser el resultante de la aplicación de la movilidad de Ley General, y la diferencia (en más o en menos) que resultare de aplicarle la movilidad docente, debe compensarse en el concepto 006-025. En el supuesto de tener que descontar y no alcanzase el importe del 006-025, se continuará descontado del 001-003, si no alcanzase del 001-002.Beneficios Excluidos: - Beneficios de las Ex-Cajas: 40; 41; 42; 43; 44; 45; 46; 47; 48; 49; 61; 70; 71; 74 y 75.- Retiros de Policía marca R o S. - Los beneficios puros de Ex-Capitalización. - Aquellas pensiones coparticipadas, en las cuales, la suma de los porcentajes de beneficio de todos sus derechohabientes vigentes supere el 100%.Área destinataria: Área emisora: Contacto: Oficinas y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" Conceptos Excluidos: - Los conceptos informados por las Compañías de Seguro de Retiros - Los conceptos de pago de ART (códigos 003-981, 003-982 y 003-985). - Los conceptos de Rentas Vitalicias Garantizadas 006-900, 006-934 y 006-935.A continuación se brindan ejemplos de liquidación de beneficios docentes, en los cuales, debe compensarse la movilidad de la PBU, con la movilidad docente: Ejemplo 1: Beneficios con PBU?PC?PAP con 006-025 a 02/2020.Liquidación mensual 02/2020: 001-001 $ 6.646,22 001-002 001-003 $ 9.500,00 $ 13.500,00 $ 5.420,00 006-025 Total $ 35.066,22 Liquidación mensual 03/2020: 001-001 (02/20) + 23,29% ? Z 001-002 (02/20) + 23,29% 001-003 (02/20) + 23,29% 006-025 (02/20) + 23,29% + Z Total $ 35.066,22 * 1,2329 $ 8.194,12 ? Z $ 11.712,55 $ 16.644,15 $ 6.682,32 + Z La PBU debe incrementarse por la movilidad de ley general, respetando el monto establecido de $ 6.799,08, por lo tanto, se debe calcular el monto que se liquida en defecto en el concepto de PBU (respecto de la movilidad docente) para sumarlo al Suplemento Docente: PBU (Ley general) = PBU (Docente) = $ 6.646,22 * 1,0230 $ 6.646,22 * 1,2329 = $ 6.799,08 = $ 8.194,12 Diferencia de PBU = ($ 8.194,12 - $ 6.799,08) = $ 1.395,04 Luego la liquidación del mensual 03/2020 resulta: 001-001 (02/20) + 2,30% 001-002 (02/20) + 23,29% 001-003 (02/20) + 23,29% 006-025 (02/20) + 23,29% + $ 1.395,04 Total $ 6.799,08 $ 11.712,55 $ 16.644,15 $ 8.077,36 $ 43.233,14 Área destinataria: Área emisora: Contacto: Oficinas y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar Importe que debe sumarse al Suplemento Docente, para balancear lo abonado en defecto en la PBU."www.diarioprevisional.com.ar 2020 "Año del General Manuel Belgrano" Téngase presente que, en el caso que deba descontarse la diferencia de PBU del Suplemento Docente (006-025) y este no alcanzase para absorber la totalidad del descuento "Z", se deberá restar dicho sobrante, del importe del 001-003 y/o 001-002 (en ese orden).Ejemplo 2: Beneficios de PBU, PC PAP o PEA sin 006-022, 006-025 o 006-030.Liquidación mensual 02/2020: 001-001 001-002 001-003 Total $ 6.646,22 $ 9.500,00 $ 15.000,00 $ 31.146,22 Liquidación mensual 03/2020: Como la prestación no registra concepto de Suplemento Docentes a 02/2020, se debe dar de alta el concepto 006-030 y reflejar en él la diferencia por movilidad aplicada sobre la PBU (001-001), la PC (001-002) y la PAP (001-003).La PBU debe incrementarse por la movilidad de ley general, respetando el monto establecido de $ 6.799,08, por lo tanto, debe calcularse cuanto se abona en defecto en el concepto de PBU (respecto de la movilidad docente) para sumarlo al Suplemento Docente: PBU (Ley general) = PBU (Docente) = $ 6.646,22 * 1,0230 $ 6.646,22 * 1,2329 = $ 6.799,08 = $ 8.194,12 Diferencia de PBU = ($ 8.194,12 - $ 6.799,08) = $ 1.395,04 Importe que debe sumarse al Suplemento Docente, para balancear lo abonado en defecto en la PBU.Luego la liquidación del mensual 03/2020 resulta: 001-001 (02/20) + 2,30% 001-002 (02/20) 001-003 (02/20) 006-030 = (001-002 + 001- 003) * 23,29% + Diferencia de PBU = ( $ 9.500,00 + $ 15.000,00) * 0,2329 + $ 1.395,04 = $ 7.101,09 Total $ 6.799,08 $ 9.500,00 $ 15.000,00 $ 38.400,17 Téngase presente que, en los casos que deba descontarse la diferencia de PBU del Suplemento Docente (006-025) y este no alcanzase para absorber la totalidad del descuento "Z", se deberá restar dicho sobrante, del importe del 001-003 y/o 001-002 (en ese orden).Área destinataria: Área emisora: Contacto: Oficinas y Áreas Operativas Coordinación Emisión de Requerimientos Previsionales CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "

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