UNIDAD DE CANCELACIÓN APORTES PREVISIONALES (UCAP) CÓMPUTO EN SICA

Tipo
CII
Número
15/26
Organismo
ANSeS
Área
DP
Fecha de dictado
20/02/2026
Publicación en el BO
20/02/2026

www.diarioprevisional.com.ar Buenos Aires, 20 de febrero de 2026 COMUNICACIÓN INFORMATIVA INTERNA DP N° 15/26 UNIDAD DE CANCELACIÓN APORTES PREVISIONALES (UCAP) CÓMPUTO EN SICA REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP Nº 61/23 Se pone en conocimiento de todas las Áreas Operativas dependientes de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) que se encuentra implementada una mejora en el Sistema SICA-DD, que admite en los tipos de trámites de uso previsional la inclusión de las Unidades de Cancelación de Aportes Previsionales (UCAP) adquiridas por las personas titulares al amparo de la Ley 27.705, a los efectos de establecer el derecho a las prestaciones previsionales solicitadas.Teniendo en cuenta lo establecido en la Ley 27.705, el Decreto Reglamentario DCTO-2023-173-APN-PTE y Resolución RESOL-2023-131-ANSES-ANSES, cada UCAP será considerada como UN (1) mes de servicio solamente a los efectos del cómputo de la Prestación Básica Universal (PBU) y no se tendrán en cuenta para el cálculo de la PC y/o PAP, ni para el cómputo del ingreso base en los casos de retiro por invalidez y pensión por fallecimiento.Podrá computarse el tiempo de UCAP para la determinación de la condición de aportante prevista en el artículo 95 de la Ley 24.241 y la aplicación de las previsiones del Decreto 1120/94 (redacción sustituida por el Decreto 460/99), sólo en el supuesto que las trabajadoras y los trabajadores acrediten el mínimo de años de servicios con aportes exigidos en el régimen común o diferencial en que se encuentren incluidos para acceder a la Prestación Básica Universal (PBU), en cuyo caso se considerará aportante regular.Del mismo modo podrán utilizarse servicios reconocidos en el presente Plan para acreditar el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del mínimo de años exigido por el régimen común o diferencial para acceder a la Prestación Básica Universal (PBU), para ser considerado aportante irregular con derecho.Cuando se establezca el derecho a una prestación a través del Sistema SICA- DD, independientemente del tipo de prestación que se solicite, el sistema informará y computará de manera automática las UCAP que se encuentren identificadas en HLAB en estado "Pagado".Dichos períodos se reflejarán en el SICA-DD con el código de servicios 191 - UCAP con los extremos de edad y servicios del régimen general (60-65/30) y no podrán ser incorporados o editados manualmente.Área destinataria: Oficinas y Áreas Operativas Área emisora: Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "UNIDAD DE PAGO DE DEUDA PREVISIONAL" Subtema: "SISTEMAS" www.diarioprevisional.com.ar Contacto: " www.diarioprevisional.com.ar relación de dependencia o como El orden de computo de los servicios considerados será: 1. Los servicios en relación de dependencia (RD) 2. UCAP 3. Tareas de cuidado 4. Exceso de edad. 5. Art. 38 6. UPDP Deberá tenerse en cuenta que los períodos de UCAP que resulten simultáneos con otros servicios en trabajador Autónomo/monotributista, no serán computables a los fines previsionales. Del mismo modo, no podrán ser computados los períodos de UCAP simultáneos con aquellos que se encuentren renunciados o prescriptos, conforme lo dispuesto por la Ley 25.321.No obstante, podrán ser considerados los períodos de UCAP cuando existan servicios simultáneos que no resulten acreditados en el SICA.En caso de no alcanzar el derecho para la prestación solicitada y existiendo UCAP no computados por ser simultáneos con otros servicios, podrá analizarse si resultaría favorable la reimputación de dichos períodos, en cuyo caso deberá procederse de conformidad con lo establecido en la norma de procedimiento ACTI-17-01 "Plan de Pago de Deuda Previsional - Unidad Cancelación Aportes Previsionales".Se podrán considerar, a fin de la determinación de la caja otorgante, aquellas UCAP correctamente adquiridas y las reimputadas en periodos válidos, incluso si no son consideradas en el cómputo de derecho por superar el tiempo necesario para la obtención de la PBU.Área destinataria: Oficinas y Áreas Operativas Área emisora: Coordinación Emisión de Normas Previsionales CRM - Tema: "UNIDAD DE PAGO DE DEUDA PREVISIONAL" Subtema: "SISTEMAS" www.diarioprevisional.com.ar Contacto: "

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