RÉGIMEN DOCENTE UNIVERSITARIO - MENSUAL JUNIO 2026
- Tipo
- CII
- Número
- 42/26
- Organismo
- ANSeS
- Área
- DP
- Fecha de dictado
- 03/06/2026
- Publicación en el BO
- 03/06/2026
www.diarioprevisional.com.ar Buenos Aires, 3 de junio de 2026 COMUNICACIÓN INFORMATIVA INTERNA DP Nº 41/26 RÉGIMEN DOCENTE - MENSUAL JUNIO/2026 Mediante Nota NO-2026-43120781-APN-SSSS#MCH se informó la movilidad a aplicar en 06/2026 sobre los haberes en prestaciones del Régimen Docente es del 9,86%.Por lo expuesto se brindan las pautas para su aplicación: 1. Dicha movilidad se deberá aplicar en beneficios docentes, cuya Ley Aplicada o Clase de Beneficio informada corresponda a docentes y/o contengan, en la liquidación del mensual 05/2026, el concepto Suplemento Docente (concepto 006- 022 o 006-025 o 006-030).2. Este aumento debe reflejarse exclusivamente con el código 006-025, con lo cual en los casos en que la liquidación contenga en 05/2026 el concepto 006-022, a este se le debe dar el aumento y el monto resultante debe impactarse con el concepto 006-025, dando de baja el 006-022.3. En beneficios que no contienen en su liquidación ni el concepto 006-022, ni el 006- 025, este aumento se reflejará con el concepto 006-030, creado para identificar a beneficios docentes, que, al alta, el 82% del sueldo en actividad al cese no benefició.4. En beneficios con PBU-PC-PAP el aumento debe darse sobre los tres (3) conceptos, o aquellos que existan, con la salvedad que el monto de la PBU (001- 001) a impactar en la liquidación, debe ser el resultante de la aplicación de la movilidad de Ley General, y la diferencia (en más o en menos) que resultare de aplicarle la movilidad docente, debe compensarse en el concepto 006-025, si no alcanzase del 001-003, si no alcanzase del 001-002.Beneficios Excluidos: - Beneficios de las Cajas: 40; 41; 42; 43; 44; 45; 46; 47; 48; 49; 61, 70; 71; 74 y 75. - Retiros de Policía marca R o S. - Beneficios puros de Ex-Capitalización. - Aquellas pensiones coparticipadas, en las cuales, la suma de los porcentajes de beneficio de sus derechohabientes vigentes supere el 100%.Conceptos Excluidos: ? Los conceptos informados por las Compañías de Seguro de Retiros. ? Los conceptos de pago de ART (códigos 003-981, 003-982 y 003-985). ? Los conceptos de Rentas Vitalicias Garantizadas 006-900, 006-934 y 006-935.Área destinataria: Oficinas y Áreas Operativas Área emisora: Coordinación Emisión de Normas Previsionales Contacto: CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar A continuación, se brindan ejemplos de liquidación en beneficios docentes, para los cuales, debe compensarse la movilidad de la PBU, con la movilidad docente: Ejemplo 1: Beneficios con PBU-PC-PAP con 006-025 a 05/2026.Liquidación mensual 05/2026: 001-001 001-002 $ 179.859,20 $ 179.054,96 $ 242.859,90 Liquidación mensual 06/2026: 001-003 006-025 $ 383.144,39 Total $ 984.918,45 001-001 (06/26) 001-002 (05/26) + 9,86% 001-003 (05/26) + 9,86% 006-025 (05/26) + 9,86% + Z Total $ 184.499,57 $ 196.709,78 $ 266.805,89 $ 420.922,42 + Z $ 1.068.937,67 + Z La PBU debe respetar el monto establecido por Resolución ANSES N°139/2026 que asciende a $ 184.499,57 por lo tanto, se debe calcular el monto que se liquida en defecto en el concepto de PBU (respecto de la movilidad docente) para sumarlo al Suplemento Docente: PBU (Ley general)= PBU (Docente)= $ 184.499,57 $ 179.859,20 x 1,0986 = $ 197.593,32 Diferencia de PBU (Z) = ($ 197.593,32 - $ 184.499,57) = $ 13.093,75 Importe que debe sumarse al Suplemento Docente, para balancear lo abonado en defecto en la PBU.Luego la liquidación del mensual 06/2026 resulta: 001-001 001-002 001-003 006-025 Total $ 434.016,17 $ 1.082.031,42 $ 184.499,57 $ 196.709,78 $ 266.805,89 Área destinataria: Oficinas y Áreas Operativas Área emisora: Coordinación Emisión de Normas Previsionales Contacto: CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar Ejemplo 2: Beneficios de PBU, PC PAP o PEA sin 006-022, 006-025 o 006-030.Liquidación mensual 05/2026: 001-001 001-002 $ 179.859,20 $ 400.200,00 $ 505.648,07 001-003 Total $ 1.085.707,27 Liquidación mensual 06/2026: Como la prestación no registra concepto de Suplemento Docentes a 05/2026, se debe dar de alta el concepto 006-030 y reflejar en él la diferencia por movilidad aplicada sobre la PBU (001-001), la PC (001-002) y la PAP (001-003).La PBU debe respetar el monto establecido por Resolución RESOL-2026-139- ANSES-ANSES que asciende a $ 184.499,57, por lo tanto, se debe calcular el monto que se liquida en defecto en el concepto de PBU (respecto de la movilidad docente) para sumarlo del Suplemento Docente: PBU (Ley general) = PBU (Docente)= $$184.499,57 $179.859,20 x 1,0986 = $ 197.593,32 Diferencia de PBU (Z)= ($197.593,32 - $ 184.499,57) = $13.093,75 Importe que debe sumarse al Suplemento Docente, para balancear lo abonado en defecto en la PBU.Total Luego la liquidación del mensual 06/2026 resulta: 001-001 (06/26) 001-002 (05/26) 001-003 (05/26) 006-030= (001-002 + 001- 003) x 9,86% + Z ($ 400.200,00 + $ 505.648,07) x 9,86% = $ 39.459,72 + $ 49.856,90 + 13.093,75 = $ 102.410,37 $ 184.499,57 $ 400.200,00 $ 505.648,07 $ 1.192.758,01 Área destinataria: Oficinas y Áreas Operativas Área emisora: Coordinación Emisión de Normas Previsionales Contacto: CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "
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