RÉGIMEN DOCENTE - MENSUAL JULIO 2026
- Tipo
- CII
- Número
- 50/26
- Organismo
- ANSeS
- Área
- DP
- Fecha de dictado
- 03/07/2026
- Publicación en el BO
- 03/07/2026
www.diarioprevisional.com.ar Buenos Aires, 3 de julio de 2026 COMUNICACIÓN INFORMATIVA INTERNA DP Nº 50/26 RÉGIMEN DOCENTE - MENSUAL JULIO/2026 Se pone en conocimiento de las áreas operativas de esta ANSES, las pautas de liquidación de las prestaciones del Régimen Docente Decreto 137/05 correspondiente al mensual 07/2026, teniendo en cuenta que la próxima movilidad a aplicar sobre las mismas operará en el mensual 09/2026 y considerando los nuevos valores de haber mínimo, máximo y PBU que rigen a partir del dictado de la Resolución RESOL-2026- 186-ANSES-ANSES.Haber mínimo = Haber máximo = Prestación Básica Universal (PBU) = $ 411.989,33 $ 2.772.298,06 $ 188.466,31 A continuación, se brindan ejemplos de liquidación en beneficios docentes Ejemplo 1: Beneficios con PBU-PC-PAP con 006-025 a 06/2026 Liquidación mensual 06/2026: 001-001 001-002 $ 184.499,57 $ 170.075,00 $ 230.680,00 001-003 006-025 $ 360.968,62 Total $ 946.223,19 Liquidación mensual 07/2026: 001-001 (07/2026) 001-002 001-003 006-025 - Z Total $ 188.466,31 $ 170.075,00 $ 230.680,00 $ 360.968,62 - Z $ 946.223,19 Donde Z es la diferencia entre PBU.Como la PBU a liquidar en 07/2026 debe ser la establecida por Resolución RESOL- 2026-186-ANSES-ANSES, la diferencia (Z) entre ambos importes de PBU (la de julio 2026 y la de junio 2026) se debe descontar (en este caso) al 006-025, para balancear la liquidación: Diferencia entre PBU (07/2026) - PBU (06/2026) = $ 3.966,74 = Z Luego la liquidación del mensual 07/2026 resulta: Área destinataria: Oficinas y Áreas Operativas Área emisora: Coordinación Emisión de Normas Previsionales Contacto: CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar 001-001 (07/2026) 001-002 001-003 006-025 Total $ 188.466,31 $ 170.075,00 $ 230.680,00 $ 357.001,88 $ 946.223,19 En consecuencia, los beneficiarios de una prestación docente seguirán percibiendo el mismo haber de junio 2026 en julio de 2026.En los casos en que el importe del 006-025 no alcanzare para absorber la totalidad del importe "Z", se deberá restar dicho sobrante, del importe del 001-003 y/o 001-002 (en ese orden).2) Beneficios con PBU - PC - PAP (Ex-Capitalización) Liquidación mensual 06/2026: 001-001 001-002 001-003 003-900 006-025 Total $ 184.499,57 $ 170.075,00 $ 230.680,00 $ 20.980,00 $ 365.522,19 $ 971.756,76 Liquidación mensual 07/2026: 001-001 (07/2026) 001-002 001-003 003-900 006-025 - Z Total $ 188.466,31 $ 170.075,00 $ 230.680,00 $ 20.980,00 $ 365.522,19 - Z $ 971.756,76 Como la PBU a liquidar en 07/2026 debe ser la establecida por Resolución RESOL- 2026-186-ANSES-ANSES, la diferencia (Z) entre ambos importes de PBU (la de julio y la de junio) se debe descontar (en este caso) al 006-025, para balancear la liquidación: Diferencia entre PBU (07/2026) - PBU (06/2026) = $ 3.966,74 = Z Luego la liquidación del mensual 07/2026 resulta: 001-001 (07/2026) 001-002 001-003 003-900 006-025 Total $ 188.466,31 $ 170.075,00 $ 230.680,00 $ 20.980,00 $ 361.555,45 $ 971.756,76 En consecuencia, los beneficiarios de una prestación docente seguirán percibiendo el mismo haber de junio de 2026 en julio de 2026.En los casos en que el importe del 006-025 no alcanzare para absorber la totalidad del importe "Z", se deberá restar dicho sobrante, del importe del 001-003 y/o 001-002 (en ese orden).Área destinataria: Oficinas y Áreas Operativas Área emisora: Coordinación Emisión de Normas Previsionales Contacto: CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar " www.diarioprevisional.com.ar 3) Beneficios de PBU, PC PAP o PEA sin 006-022, 006-025 o 006-030 Liquidación mensual 06/2026: 001-001 $ 184.499,57 001-002 $ 400.200,00 001-003 $ 511.528,55 Total $ 1.096.228,12 Liquidación mensual 07/2026: La PBU debe incrementarse por la movilidad de ley general, respetando el monto establecido por Resolución RESOL-2026-186-ANSES-ANSES, es decir $ 188.466,31.Dado que las prestaciones docentes no reciben movilidad en 07/2026, deberá establecerse cuánto se tiene que descontar de la prestación ante la inexistencia del Suplemento Docente: PBU (Ley general a 06/2026) = $ 184.499,57 PBU (Ley general a 07/2026) = $ 188.466,31 Diferencia de PBU = ($ 188.466,31 - $ 184.499,57) = $ 3.966,74 Luego la liquidación del mensual 07/2026 resulta: Importe que deberá descontarse 001-002 001-003 - Dif. PBU Total $ 400.200,00 $ 507.561,81 $ 1.096.228,12 001-001 (07/2026) $ 188.466,31 Beneficios Excluidos: 1. Ex Cajas: 40; 41; 42; 43; 44; 45; 46; 47; 48; 49; 70; 71; 74 y 75.2. Retiros de Policía marca R o S.3. Los beneficios puros de Ex-Capitalización.Conceptos Excluidos: 1. Los conceptos informados por las Compañías de Seguro de Retiros y los conceptos de pago de ART (códigos 003-981, 003-982 y 003-985).2. Todos los conceptos de Rentas Vitalicias Previsionales, informados por las Compañías de Seguros.3. Los conceptos de Rentas Vitalicias Garantizadas 006-900, 006-934 y 006-935.Área destinataria: Oficinas y Áreas Operativas Área emisora: Coordinación Emisión de Normas Previsionales Contacto: CRM - Tema: "PAGO DE PRESTACIONES" Subtema: "MOVILIDAD DE LAS PRESTACIONES" www.diarioprevisional.com.ar "
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