TRABAJO

Tipo
Ley
Número
24.716/96
Área
CONGRESO
Fecha de dictado
02/10/1996
Publicación en el BO
25/10/1996
Nombre
Establécese para la madre trabajadora en relación de dependencia una licencia especial, a consecuencia del nacimiento de un hijo con Síndrome de Down.

Ley 24.716 Sancionada el 2/10/96 TRABAJO Ley 24.716 Establécese para la madre trabajadora en relación de dependencia una licencia especial, a consecuencia del nacimiento de un hijo con Síndrome de Down.Sancionada: Octubre 2 de 1996.Promulgada: Octubre 23 de 1996.El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1°-El nacimiento de un hijo con Síndrome de Down otorgará a la madre trabajadora en relación de dependencia el derecho a seis meses de licencia sin goce de sueldo desde la fecha del vencimiento del período de prohibición de trabajo por maternidad.ARTICULO 2°-Para el ejercicio del derecho otorgado en el artículo anterior la trabajadora deberá comunicar fehacientemente el diagnóstico del recién nacido al empleador con certificado médico expedido por autoridad sanitaria oficial, por lo menos con quince días de anticipación al vencimiento del período de prohibición de trabajo por maternidad.ARTICULO 3°-Durante el período de licencia previsto en el artículo 1° la trabajadora percibirá una asignación familiar cuyo monto será igual a la remuneración que ella habría percibido si hubiera prestado servicios. Esta prestación será percibida en las mismas condiciones y con los mismos requisitos que corresponden a la asignación por maternidad.ARTICULO 4°-Las disposiciones de esta ley no derogan los mayores derechos que acuerdan disposiciones legales o convencionales vigentes.ARTICULO 5°-Comuníquese al Poder Ejecutivo.-ALBERTO R. PIERRI.-CARLOS F. RUCKAUF.-Juan Estrada.- Edgardo Piuzzi.DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DOS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.Decreto 1193/96 Bs. As., 23/10/96 POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación Nº 24.716 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-.MENEM.-Jorge A. Rodríguez.- José A. Caro Figueroa.

Sumarios

Sumario generado por IA

La Ley 24.716 establece un derecho específico para madres trabajadoras en relación de dependencia tras el nacimiento de un hijo con Síndrome de Down, otorgándoles una licencia especial de seis meses sin goce de sueldo, que comienza tras el período de prohibición de trabajo por maternidad. La normativa exige comunicación fehaciente del diagnóstico mediante certificado médico con al menos quince días de anticipación, y garantiza que durante la licencia la trabajadora reciba una asignación familiar equivalente a su remuneración habitual, en condiciones similares a la asignación por maternidad. La ley no afecta derechos superiores previstos en otras normativas o convenios vigentes.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta ley protege a las madres que tienen un hijo con Síndrome de Down, dándoles un tiempo adicional de seis meses para cuidar a su hijo sin tener que trabajar y sin perder su sueldo habitual. Para acceder a este beneficio, la madre debe informar a su empleador con un certificado médico que confirme el diagnóstico, con al menos dos semanas de anticipación. Durante estos meses, seguirá recibiendo una ayuda económica equivalente a su salario normal, como si estuviera trabajando. Es importante saber que si ya tiene derechos superiores por otras leyes o convenios, estos no se ven afectados por esta ley específica.

Autor: I.A.

Voces

  • licencia por nacimiento con síndrome de down
  • trabajadora en relación de dependencia
  • derecho a licencia
  • período de prohibición de trabajo por maternidad
  • comunicación fehaciente
  • certificado médico oficial
  • asignación familiar
  • remuneración
  • derechos adquiridos
  • normativa laboral
  • seguridad social
  • protección a la maternidad

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