ESTADO DE EMERGENCIA DE LA PROVINCIA DE JUJUY
- Tipo
- Ley
- Número
- 25.078/98
- Área
- CONGRESO
- Fecha de dictado
- 09/12/1998
- Publicación en el BO
- 11/01/1999
- Nombre
- Declárase y ratifícase como "estado de emergencia", a la citada provincia extendiendo sus efectos a las actividades industriales, comerciales, agropecuarias, mineras y de servicios.
Ley 25.078 del 29/12/98 ESTADO DE EMERGENCIA DE LA PROVINCIA DE JUJUY Ley 25.078 Declárase y ratifícase como "estado de emergencia", a la citada provincia extendiendo sus efectos a las actividades industriales, comerciales, agropecuarias, mineras y de servicios.Sancionada: Diciembre 9 de 1998.Promulgada: Diciembre 29 de 1998.El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley: ESTADO DE EMERGENCIA DE LA PROVINCIA DE JUJUY ARTICULO 1° ? Declárese y ratifícase como "estado de emergencia", durante el término de seis meses, prorrogables por el Poder Ejecutivo, a la provincia de Jujuy extendiendo sus efectos a las actividades industriales, comerciales, agropecuarias, mineras y de servicios.ARTICULO 2° ? Autorícese al Poder Ejecutivo nacional para que, a través del organismo correspondiente, disponga al diferimiento en forma inmediata de las obligaciones tributarias y previsionales, vencidas y a vencer, en los términos del artículo 1°.ARTICULO 3° ? Autorícese al Poder Ejecutivo nacional para que a través de la Banca Oficial disponga la renegociación de los créditos otorgados a los damnificados del estado de emergencia.ARTICULO 4° ? Autorícese al Poder Ejecutivo nacional para que a través del Banco Central, instrumente las medidas destinadas a evitar la aplicación de las sanciones previstas en la Ley 24.452, respecto a los damnificados.ARTICULO 5° ? Comuníquese al Poder Ejecutivo.DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.?REGISTRADA BAJO EL N° 25.078? ALBERTO R. PIERRI. ? EDUARDO MENEM. ? Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. ? Mario L. Pontaquarto.
Sumarios
Sumario generado por IA
La Ley 25.078 declara y ratifica el estado de emergencia en la provincia de Jujuy por un período de seis meses, prorrogable, extendiendo sus efectos a los sectores industrial, comercial, agropecuario, minero y de servicios. Otorga facultades al Poder Ejecutivo nacional para implementar medidas de alivio económico, incluyendo el diferimiento de obligaciones tributarias y previsionales vencidas, la renegociación de créditos a damnificados y la suspensión de sanciones en el marco de la Ley 24.452, mediante la intervención de organismos como la Banca Oficial y el Banco Central. Estas medidas buscan mitigar los efectos de la emergencia en la economía regional y en los derechos de los afectados.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
La ley básicamente dice que, por seis meses (con posibilidad de extenderse), el gobierno reconoce que Jujuy está en una situación de emergencia, como si fuera una especie de 'estado de crisis'. Para aliviar la situación, el gobierno puede hacer que las empresas y personas de la provincia no tengan que pagar en ese momento sus impuestos y aportes previsionales, y también puede renegociar créditos con las personas afectadas, como si les diera un plazo más largo o mejores condiciones para pagar. Además, puede evitar que se apliquen sanciones o multas en ciertos casos. Todo esto con el fin de ayudar a que la economía local no se colapse y que las personas y empresas puedan sobrellevar mejor la crisis.
Autor: I.A.
Voces
- estado de emergencia
- jujuy
- actividades industriales
- actividades comerciales
- actividades agropecuarias
- actividades mineras
- actividades de servicios
- obligaciones tributarias
- obligaciones previsionales
- renegociación de créditos
- medidas económicas
- prórroga
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