CONTRIBUCIONES PATRONALES
- Tipo
- Ley
- Número
- 25.723 /03
- Área
- CONGRESO
- Fecha de dictado
- 27/12/2002
- Publicación en el BO
- 17/01/2003
- Nombre
- Redúcense los porcentajes establecidos en el Anexo I del Decreto N° 814 del 20 de junio de 2001 y sus modificaciones. Excepción.
CONTRIBUCIONES PATRONALES CONTRIBUCIONES PATRONALES Ley 25.723 Redúcense los porcentajes establecidos en el Anexo I del Decreto N° 814 del 20 de junio de 2001 y sus modificaciones. Excepción.Sancionada: Diciembre 27 de 2002.Promulgada de Hecho: Enero 16 de 2003.El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1° ? Redúcense en un PUNTO Y MEDIO (1,50) porcentual los porcentajes establecidos en el Anexo I del Decreto N° 814 del 20 de junio de 2001, y sus modificaciones.En aquellas zonas en que los porcentajes a que hace referencia el párrafo precedente, aplicables con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley fueren inferiores a la citada reducción, los contribuyentes y responsables no tendrán derecho al cómputo al que se refiere el artículo 4° del mencionado Decreto N° 814/2001.ARTICULO 2° ? Exceptúase de la reducción mencionada en el artículo anterior a todas aquellas zonas en las que los porcentajes aplicables con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ley establecidos en el Anexo I del Decreto N° 814 del 20 de junio de 2001, y sus modificaciones, fueron superiores al siete por ciento (7%).ARTICULO 3° ? Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y surtirán efectos para las contribuciones patronales sobre la nómina salarial abonadas a partir del mes siguiente al de dicha publicación.ARTICULO 4º ? Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS.EDUARDO O. CAMAÑO. ? JOSE L. GIOJA. ? Eduardo D. Rollano. ? Juan C. Oyarzún.? REGISTRADA BAJO EL N° 25.723 ?
Sumarios
Sumario generado por IA
La Ley 25.723 modifica los porcentajes de contribuciones patronales establecidos en el Anexo I del Decreto N° 814/2001, reduciéndolos en 1,50 puntos porcentuales, con excepciones en zonas donde los porcentajes previos superen el 7%. La reducción entra en vigencia tras su publicación en el Boletín Oficial y afecta las contribuciones sobre la nómina salarial abonadas desde el mes siguiente. La normativa busca ajustar la carga contributiva en función de las zonas geográficas, permitiendo excepciones para áreas con porcentajes elevados, y establece la comunicación al Poder Ejecutivo para su implementación.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta ley básicamente dice que las empresas deben pagar un poco menos en contribuciones patronales, específicamente 1,50 puntos porcentuales menos, en ciertas zonas del país. Sin embargo, en áreas donde antes pagaban más del 7%, no se les reduce esa contribución. La reducción empieza a aplicarse desde el mes siguiente a que la ley se publique oficialmente y continúa en vigor mientras se mantengan esas condiciones. Esto ayuda a aliviar la carga económica de las empresas en zonas con menores niveles de desarrollo o para incentivar la inversión en esas áreas, ajustando las obligaciones fiscales según la región.
Autor: I.A.
Voces
- contribuciones patronales
- reducción porcentual
- decreto 814/2001
- ley 25.723
- zonas exentas
- vigencia
- normativa previsional
- afectación zona
- publicación oficial
- responsables
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