PENSIONES

Tipo
Ley
Número
26.008/05
Área
CONGRESO
Fecha de dictado
16/12/2004
Publicación en el BO
12/01/2005
Nombre
Otórgase una pensión a aquellos hombres integrantes de la primera expedición terrestre argentina que alcanzó el Polo Sur, el 10 de diciembre de 1965.

PENSIONES Ley 26 PENSIONES Ley 26.008 Otórgase una pensión a aquellos hombres integrantes de la primera expedición terrestre argentina que alcanzó el Polo Sur, el 10 de diciembre de 1965.Sancionada: Diciembre 16 de 2004 Promulgada de Hecho: Enero 10 de 2005 Ver Antecedentes Normativos El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1° ? Otórgase una pensión cuyo monto será equivalente al setenta por ciento (70%) del "Adicional Remuneratorio por Servicios en la Antártida", establecido por el artículo 2° inciso c) de la ley 23.547 a aquellos hombres integrantes del Grupo Aéreo 1 Antártida que alcanzó el Polo Sur, el 19 de febrero de 1961; los de las Expediciones Terrestres "Invernal Antártica entre la Base Esperanza y la Base General San Martín" y "Expedición Antártica Terrestre por la Barrera de Hielos Filchtner" y a los de la Primera Dotación Anual (1969/1970) de la Base Marambio de la Antártida Argentina, quienes continuaron en las mismas condiciones y hábitat las tareas iniciadas por la Patrulla Soberanía, fundadora de la mencionada Base y a aquellos hombres integrantes de la primera expedición terrestre argentina que alcanzó el Polo Sur, el 10 de diciembre de 1965.También otórgase dicho beneficio y los de la ley 19.659 a los doce (12) integrantes que participaron como tripulantes de los aviones CTA 12 y CTA 15 de la Armada Argentina (Aviación Naval Argentina), que con fecha 6 de enero de 1962 aterrizaron en el Polo Sur y a los doce (12) integrantes de la Primera Escuadrilla de la Fuerza Aérea Argentina que alcanzó el Polo Sur geográfico el 3 de noviembre de 1965, realizando el 11 de noviembre del mismo año el primer doble vuelo transpolar y a los veintiún (21) integrantes de la Patrulla Soberanía, que dio origen a la fundación de la Base Marambio, el 29 de octubre de 1969.(Artículo sustituido por art. 1° de la Ley N° 26.907 B.O. 9/12/2013) ARTICULO 2° ? En caso de fallecimiento del titular, tendrán derecho al beneficio los parientes enumerados en el artículo 53 de la Ley N° 24.241.ARTICULO 3° ? El beneficio otorgado por la presente ley será compatible con el desempeño de cualquier actividad remunerada, jubilación o pensión de carácter nacional, provincial o municipal, sin limitación alguna.ARTICULO 4° ? El beneficio que otorga esta ley será atendido con los recursos que destine a tal efecto el Presupuesto General de la Administración Pública para el Ministerio de Defensa.ARTICULO 5° ? Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente ley en el año de su entrada en vigencia.ARTICULO 6° ? El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los NOVENTA (90) días de su promulgación.ARTICULO 7° ? Comuníquese al Poder Ejecutivo.DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO.EDUARDO O. CAMAÑO. ? MARCELO A. GUINLE. ? Eduardo A. Rollano. ? Juan H. Estrada.?REGISTRADO BAJO EL N° 26.008? Antecedentes Normativos - Artículo 1° sustituido por art. 1° de la Ley N° 26.460 B.O. 13/1/2009.

Sumarios

Sumario generado por IA

La Ley 26.008 establece la concesión de una pensión a los hombres integrantes de diversas expediciones argentinas que alcanzaron el Polo Sur, en reconocimiento a su contribución a la soberanía y exploración antártica. La pensión equivale al 70% del 'Adicional Remuneratorio por Servicios en la Antártida' y es compatible con otras actividades remuneradas y beneficios previsionales. La ley especifica los beneficiarios, las condiciones de otorgamiento, la fuente de financiamiento (presupuesto del Ministerio de Defensa), y la facultad del Poder Ejecutivo para reglamentarla y realizar ajustes presupuestarios. Además, en caso de fallecimiento del beneficiario, los derechos se transmiten a los parientes según la Ley 24.241.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta ley reconoce con una pensión a los argentinos que participaron en expediciones históricas al Polo Sur, como un premio por su esfuerzo y por defender la presencia argentina en la región. La pensión equivale al 70% de un adicional salarial especial y puede ser cobrada junto con otros beneficios o trabajos remunerados. Si el beneficiario fallece, sus familiares pueden reclamar la pensión. El dinero para pagar estas pensiones proviene del presupuesto del Ministerio de Defensa, y el gobierno tiene la facultad de ajustar los fondos necesarios para cumplir con la ley. En resumen, es una forma de premiar y reconocer a quienes participaron en estas expediciones pioneras, asegurando que sus familiares también puedan beneficiarse en caso de fallecimiento.

Autor: I.A.

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