EMERGENCIA PUBLICA

Tipo
Ley
Número
26.077/06
Área
CONGRESO
Fecha de dictado
22/12/2005
Publicación en el BO
10/01/2006
Nombre
Prorrógase la vigencia de la Ley Nº 25.561 y sus modificatorias.

EMERGENCIA PUBLICA EMERGENCIA PUBLICA Ley 26.077 Prorrógase la vigencia de la Ley Nº 25.561 y sus modificatorias.Sancionada: Diciembre 22 de 2005 Promulgada: Enero 9 de 2006 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º ? Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a adoptar las medidas necesarias tendientes a lograr una salida ordenada de la situación de emergencia pública. A tal fin, prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2006 la vigencia de la Ley N° 25.561, y sus modificatorias.ARTICULO 2º ? Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2006 el estado de emergencia sanitaria nacional dispuesto por el Decreto N° 486 del 12 de marzo de 2002, sus disposiciones complementarias y modificatorias, a excepción de las previsiones referidas al Programa Médico Obligatorio de Emergencia (PMOE). Asimismo, la excepción comprende las trabas de las medidas cautelares ejecutivas contra los Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud, incluyendo al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, de causa o título posterior al 31 de diciembre del año 2005 que se originen en el año 2006, y las ejecuciones de sentencias firmes pasadas en autoridad de cosa juzgada.En tal excepción no se encuentran comprendidas las ejecuciones forzadas de los créditos que la Administración Federal de Ingresos Públicos posea contra los prestadores médico-asistenciales en internación, de diagnóstico y tratamiento, que cuenten con el certificado de inscripción del Registro Nacional de Prestadores Sanatoriales que emite la Superintendencia de Servicios de Salud, así como los establecimientos geriátricos prestadores del Sistema Nacional del Seguro de Salud y del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.ARTICULO 3º ? Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2006 la Emergencia Ocupacional Nacional declarada por el Decreto N° 165/02, ratificada por el Decreto N° 565/02 y oportunamente prorrogada por los Decretos Nros: 39/03, 1353/03 y 1506/04.ARTICULO 4º ? Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2006 la vigencia del Programa Jefes de Hogar, según los términos del Decreto N° 565/02, sus modificatorios y complementarios. Prorrógase por igual plazo las tareas de clasificación y traspaso de los beneficiarios del Programa Jefes de Hogar que en forma conjunta realizan los Ministerios de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y de Desarrollo Social, de acuerdo a los lineamientos y condiciones establecidos en el Decreto N° 1506/04.ARTICULO 5º ? Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2006 la Emergencia Alimentaria Nacional declarada por el Decreto N° 108 del 15 de enero de 2002 y sus modificatorias y complementarias.ARTICULO 6º ? La Comisión Bicameral de Seguimiento creada por el artículo 20 de la Ley N° 25.561 y sus modificatorias deberá producir al 30 de junio de 2006 un informe relativo a la evolución del proceso de salida del estado de emergencia declarado por la citada ley.ARTICULO 7º ? La presente ley entrará en vigencia a partir del 1° de enero de 2006.ARTICULO 8º ? Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS 22 DIC 2005.ALBERTO BALESTRINI. ? DANIEL O. SCIOLI . ? Enrique Hidalgo. ? Juan Estrada.? REGISTRADO BAJO EL Nº 26.077 ?

Sumarios

Explicación asistida por IA

Esta ley básicamente dice que el gobierno puede seguir tomando medidas especiales para manejar situaciones de emergencia en salud, empleo, alimentación y programas sociales, hasta fines de 2006. Es como si se pusiera en modo de emergencia por un tiempo más, pero con controles y reportes para asegurarse de que todo esté en orden. Además, se aclara qué acciones judiciales o administrativas quedan fuera de estas medidas, para evitar que se frene la gestión en ciertos casos. En la práctica, esto significa que las ayudas y programas sociales continúan, y el Estado tiene la responsabilidad de gestionar y monitorear estos recursos durante ese período, asegurando que las políticas de emergencia sigan vigentes y controladas.

Autor: I.A.

Sumario generado por IA

La Ley 26.077 prorroga diversas medidas de emergencia pública en Argentina hasta el 31 de diciembre de 2006, incluyendo la emergencia sanitaria, ocupacional, alimentaria y programas sociales específicos. La normativa autoriza al Poder Ejecutivo a implementar acciones para gestionar la salida ordenada de dichas emergencias, estableciendo mecanismos de seguimiento y control, y exceptuando ciertas ejecuciones judiciales y administrativas relacionadas con el sistema de salud y prestaciones sociales. La ley también dispone la elaboración de informes de seguimiento por parte de la Comisión Bicameral y establece la vigencia de las medidas desde el 1° de enero de 2006.

Autor: Inteligencia Artificial

Voces

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