INDEMNIZACIONES - DESAPARICION FORZADA DE PERSONAS
- Tipo
- Ley
- Número
- 26.178/06
- Área
- CONGRESO
- Fecha de dictado
- 29/11/2006
- Publicación en el BO
- 19/12/2006
- Nombre
- Prorrógase el plazo establecido por la Ley Nº 25.985, para acogerse a los beneficios contemplados por las Leyes Nros. 24.043 y 24.411, sus complementarias y modificatorias.
INDEMNIZACIONES - INDEMNIZACIONES - DESAPARICION FORZADA DE PERSONAS Ley 26.178 Prorrógase el plazo establecido por la Ley Nº 25.985, para acogerse a los beneficios contemplados por las Leyes Nros. 24.043 y 24.411, sus complementarias y modificatorias.Sancionada: Noviembre 29 de 2006 Promulgada: Diciembre 18 de 2006 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º ? Prorrógase por el plazo de DOS (2) años y a todos sus efectos, la fecha de vencimiento establecida por la Ley Nº 25.985 para acogerse a los beneficios contemplados por las Leyes Nros. 24.043 y 24.411, sus complementarias y modificatorias.(Nota Infoleg: por art. 1° de la Ley N° 26.521 B.O. 16/10/2009 se prorroga por el plazo de DOS (2) años, a partir del vencimiento de la presente Ley, para acogerse a los beneficios establecidos por las Leyes 24.043, 24.411 y presentar la solicitud requerida por las mismas) ARTICULO 2º ? Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán incluidos en las Leyes de Presupuesto General para la Administración Pública Nacional correspondiente a los ejercicios financieros de los años 2007 y 2008 respectivamente.Facúltase al señor Jefe de Gabinete de Ministros a efectuar las reestructuraciones presupuestarias que fueren necesarias a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el párrafo precedente.ARTICULO 3º ? Comuníquese al Poder Ejecutivo.DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.ALBERTO BALESTRINI. ? MARCELO LOPEZ ARIAS. ? Enrique Hidalgo. ? Juan H. Estrada.? REGISTRADA BAJO EL Nº 26.178 ?
Sumarios
Sumario generado por IA
La Ley 26.178 prorroga por dos años el plazo establecido en la Ley 25.985 para que los beneficiarios puedan acceder a las prestaciones de las Leyes 24.043 y 24.411, incluyendo sus complementarias y modificatorias. Además, establece que los gastos derivados de esta prórroga serán incluidos en los presupuestos de 2007 y 2008, facultando al Jefe de Gabinete para realizar las reestructuraciones presupuestarias necesarias. La norma busca extender la posibilidad de acceder a beneficios previsionales en un contexto de desaparición forzada de personas, garantizando la continuidad de los derechos de los beneficiarios y la asignación de recursos presupuestarios adecuados.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta ley básicamente dice que las personas que estaban en proceso de poder acceder a ciertos beneficios sociales por la desaparición forzada de personas tienen dos años más para hacerlo. Es como si se extendiera un plazo para presentar una solicitud o reclamar derechos que, de otra manera, habrían vencido. Además, el gobierno dice que los gastos que esto genere serán cubiertos con dinero del presupuesto de los años 2007 y 2008, y le da la facultad al jefe de gabinete para hacer los ajustes necesarios en ese dinero. En términos simples, si alguien tenía derecho a una ayuda por la desaparición de un familiar y no pudo tramitarla por alguna razón, ahora tiene más tiempo para hacerlo, y el Estado se compromete a pagar esos beneficios con fondos públicos, asegurando que no quede sin ayuda por el vencimiento del plazo original.
Autor: I.A.
Voces
- indemnización
- desaparición forzada
- beneficios
- prórroga
- leyes de seguridad social
- presupuesto
- reestructuración presupuestaria
- administración pública
- normativa legal
- vigencia
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