EMERGENCIA AGROPECUARIA

Tipo
Ley
Número
26.420/08
Área
CONGRESO
Fecha de dictado
22/10/2008
Publicación en el BO
13/11/2008
Nombre
Declárase zona de desastre ambiental y emergencia agropecuaria y comercial a determinados departamentos afectados por sequías y actividad volcánica de la provincia del Chubut.

EMERGENCIA AGROPECUARIA Ley 26.420 Declárase zona de desastre ambiental y emergencia agropecuaria y comercial a determinados departamentos afectados por sequías y actividad volcánica de la provincia del Chubut.Sancionada: Octubre, 22 de 2008.Promulgada de Hecho: Noviembre, 11 de 2008.El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º ? Declárase zona de desastre ambiental y emergencia agropecuaria y comercial por el término de CIENTO OCHENTA (180) días prorrogables por igual término por el Poder Ejecutivo nacional, a los Departamentos afectados por sequías y actividad volcánica de Cushamen, Futaleufú, Tehuelches, Río Senguerr y Languiñeo, en la provincia del Chubut.ARTICULO 2º ? El Poder Ejecutivo nacional destinará una partida especial para afrontar las acciones de asistencia y reconstrucción productiva de las economías afectadas en las zonas mencionadas en el artículo 1º.ARTICULO 3º ? Encomiéndese al Poder Ejecutivo nacional la ampliación de fondos destinados a la cobertura de planes sociales durante el período temporal de la declaración de emergencia en el ámbito geográfico de la misma, así como la adopción de medidas que tiendan a preservar y restablecer las relaciones de producción y empleo.ARTICULO 4º ? Facúltese al Poder Ejecutivo nacional para que a través del Banco de la Nación Argentina se adopten medidas especiales para la refinanciación de las obligaciones de los productores afectados.ARTICULO 5º ? Facúltese al Poder Ejecutivo nacional a instrumentar regímenes especiales de pago por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que contemple expresamente a los contribuyentes afectados en el marco del artículo 1º de la presente ley.ARTICULO 6º ? Comuníquese al Poder Ejecutivo.DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO.JULIO C. C. COBOS. ? EDUARDO A. FELLNER. ? Enrique Hidalgo. ? Juan H. Estrada.? REGISTRADA BAJO EN Nº 26.420 ?

Sumarios

Sumario generado por IA

La Ley 26.420 declara una zona de desastre ambiental y emergencia agropecuaria en departamentos específicos de la provincia del Chubut, debido a sequías y actividad volcánica, por un período inicial de 180 días prorrogables. La normativa faculta al Poder Ejecutivo nacional a implementar medidas de asistencia, reconstrucción, ampliación de fondos para planes sociales, refinanciación de obligaciones de productores afectados y regímenes especiales de pago a través de la AFIP y la ANSES, con el fin de mitigar los efectos económicos y sociales derivados de dichas emergencias. La ley también establece la asignación de recursos específicos y la posibilidad de extender beneficios y facilidades financieras para los afectados, con el objetivo de preservar y restablecer las relaciones productivas y laborales en las zonas afectadas.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta ley reconoce que ciertas áreas del Chubut están atravesando una crisis por sequías y volcanes, y por eso declara esas zonas como de desastre y emergencia. Esto significa que el gobierno puede tomar medidas especiales para ayudar a las personas y empresas afectadas, como dar fondos para reconstruir sus actividades, facilitarles créditos o pagos, y ampliar los beneficios sociales. En la práctica, si usted vive o trabaja en esas zonas, el Estado tiene la facultad de ofrecerle ayuda rápida y flexible para que pueda superar las dificultades y mantener su trabajo y su sustento durante ese período de emergencia.

Autor: I.A.

Voces

  • emergencia agropecuaria
  • zona de desastre ambiental
  • sequías
  • actividad volcánica
  • reconstrucción productiva
  • fondos especiales
  • planes sociales
  • refinanciación
  • regímenes de pago
  • administración federal de ingresos públicos
  • anses
  • protección social

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