JUSTICIA
- Tipo
- Ley
- Número
- 26.710/11
- Área
- CONGRESO
- Fecha de dictado
- 30/11/2011
- Publicación en el BO
- 29/12/2011
- Nombre
- Créase el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2 en la ciudad de Santiago del Estero. Créanse una Fiscalía de Primera Instancia y una Defensoría Pública Oficial.
https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/NVlnNGRJeHROWlE9 JUSTICIA Ley 26.710 Créase el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2 en la ciudad de Santiago del Estero. Créanse una Fiscalía de Primera Instancia y una Defensoría Pública Oficial. Sancionada: Noviembre 30 de 2011 Promulgada de Hecho: Diciembre 27 de 2011 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1º — Créase el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2 con asiento en la ciudad de Santiago del Estero; provincia de Santiago del Estero, que tendrá la misma competencia territorial que el Juzgado Federal de Primera Instancia actualmente existente.ARTICULO 2º — A partir de la entrada en vigencia de esta ley, el actual Juzgado Federal de Santiago del Estero se denominará Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 1 de Santiago del Estero.ARTICULO 3º — El Juzgado Federal que se crea por esta ley tendrá competencia en materia civil, comercial, laboral, tributaria, de seguridad social, contencioso administrativo y criminal y correccional.ARTICULO 4º — El Juzgado Federal que se crea por la presente ley tendrá DOS (2) Secretarías: una con competencia civil, comercial, laboral, tributaria, de seguridad social y contencioso administrativo y la otra con competencia criminal y correccional.ARTICULO 5º — Créanse UNA (1) Fiscalía de Primera Instancia y UNA (1) Defensoría Pública Oficial que actuarán ante el Juzgado Federal que se crea por la presente ley.ARTICULO 6º — Créanse los cargos de juez, secretarios, fiscal, defensor público, funcionarios y empleados que se detallan en los Anexos que forman parte de la presente ley.ARTICULO 7º — La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán será tribunal de alzada y ejercerá la superintendencia respecto del juzgado que se crea por la presente ley.ARTICULO 8º — Al entrar en funcionamiento el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2 de Santiago del Estero, la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán procederá a reasignar por sorteo las causas en trámite que se remitirán al nuevo juzgado y las que continuarán su trámite ante el actual juzgado federal, teniendo en cuenta la competencia asignada en el artículo 3º de esta ley, si hubiere conformidad de las partes, la que se tendrá por prestada si dentro del término de CINCO (5) días hábiles de Página 1 https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/NVlnNGRJeHROWlE9 emplazadas no manifestaren su voluntad en contrario.ARTICULO 9º — La presente ley se implementará una vez que se cuente con el crédito presupuestario para la atención del gasto que su objeto demande, el que se imputará a los presupuestos del Poder Judicial de la Nación, del Ministerio Público Fiscal y del Ministerio Público de la Defensa, respectivamente.ARTICULO 10. — El Consejo de la Magistratura de la Nación, en ejercicio de las funciones que le competen, proveerá lo necesario para la instalación y funcionamiento del Juzgado Federal que se crea por la presente ley.ARTICULO 11. — El Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa proveerán lo necesario para la instalación y el funcionamiento de la Fiscalía y la Defensoría Pública Oficial que se crean por esta ley.ARTICULO 12. — Los magistrados, funcionarios y empleados que se designen para desempeñarse en los órganos judiciales y del ministerio público que se crean por esta ley sólo tomarán posesión de sus respectivos cargos cuando se dé la condición financiera establecida en el artículo 9º de la presente ley.ARTICULO 13. — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL DIA TREINTA DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL ONCE. — REGISTRADO BAJO EL Nº 26.710 — EDUARDO A. FELLNER. — JUAN C. MARINO. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.ANEXO I I.- PODER JUDICIAL DE LA NACION CARGOS QUE SE CREAN DE MAGISTRADOS, FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION.MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS Juez Federal de Primera Instancia Secretarios de juzgado Subtotal 1 2 3 PERSONAL ADMINISTRATIVO Y TECNICO Página 2 https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/NVlnNGRJeHROWlE9 Prosecretario Administrativo Oficial Mayor Oficial Escribiente Escribiente Auxiliar Auxiliar Subtotal PERSONAL DE SERVICIO, OBRERO Y MAESTRANZA Ayudante Subtotal TOTAL PODER JUDICIAL 1 2 2 2 3 3 13 2 2 18 ANEXO II II.- MINISTERIO PUBLICO FISCAL CARGOS QUE SE CREAN DE MAGISTRADOS, FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DEL MINISTERIO PUBLICO FISCAL.MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS Fiscal de Primera Instancia 1 Página 3 https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/NVlnNGRJeHROWlE9 Secretario de Fiscalía de Primera Instancia Prosecretario Letrado Subtotal PERSONAL ADMINISTRATIVO Y TECNICO Jefe de Despacho Oficial Mayor Escribiente Auxiliar Auxiliar Subtotal Ordenanza Subtotal PERSONAL DE SERVICIO Y MAESTRANZA TOTAL MINISTERIO PUBLICO FISCAL 1 1 3 1 1 2 1 5 1 1 9 ANEXO III III.- MINISTERIO PUBLICO DE LA DEFENSA CARGOS QUE SE CREAN DE MAGISTRADOS, FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DEL MINISTERIO DE LA DEFENSA.Página 4 https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/NVlnNGRJeHROWlE9 1 1 2 1 1 1 3 6 1 1 9 MAGISTRADOS Y FUNCIONARIOS Defensor Público de Primera Instancia Secretario de Primera Instancia Subtotal PERSONAL ADMINISTRATIVO Y TECNICO Oficial Mayor Oficial Escribiente Auxiliares Subtotal Ordenanza Subtotal PERSONAL DE SERVICIO Y MAESTRANZA TOTAL MINISTERIO PUBLICO DE LA DEFENSA Fecha de publicacion: 29/12/2011 Página 5
Sumarios
Sumario generado por IA
La Ley 26.710 crea el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 2 en Santiago del Estero, junto con una Fiscalía y una Defensoría Pública, estableciendo su competencia en materia civil, comercial, laboral, tributaria, de seguridad social, contencioso administrativa y penal. La normativa regula la estructura organizativa, la asignación de cargos, la coordinación con tribunales de apelación y las condiciones presupuestarias para su funcionamiento, garantizando la implementación mediante provisión de recursos humanos y financieros adecuados, y la transferencia de causas en trámite. La ley también especifica el proceso de designación y toma de posesión de magistrados y funcionarios, así como la reasignación de causas existentes, asegurando la operatividad del nuevo órgano judicial en concordancia con la competencia territorial y funcional asignada.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta ley básicamente crea un nuevo juzgado en Santiago del Estero para atender casos en varias áreas, incluyendo temas de seguridad social. Esto significa que si tienes un problema relacionado con tu jubilación, pensión o beneficios sociales, ahora hay un juzgado específico para resolverlo allí. Además, se establecen los cargos y las personas que trabajarán en ese juzgado, así como las reglas para que funcione correctamente, como tener los recursos necesarios y cómo se transferirán los casos que ya estaban en otros juzgados. Todo esto busca que la justicia en temas sociales sea más accesible y eficiente para las personas en esa región.
Autor: I.A.
Voces
- juzgado federal
- primera instancia
- competencia territorial
- seguridad social
- fiscalía
- defensoría pública
- magistrados
- funcionarios
- empleados
- organismos judiciales
- reformas judiciales
- ley
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