EMERGENCIA NACIONAL

Tipo
Ley
Número
27.354/17
Área
CONGRESO
Fecha de dictado
26/04/2017
Publicación en el BO
26/05/2017
Nombre
Declárase emergencia económica, productiva, financiera y social.

https://www.boletinoficial.gob.ar/#!DetalleNorma/164235/QR EMERGENCIA NACIONAL Ley 27354 Ley: Negro.Declárase emergencia económica, productiva, financiera y social.El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de ARTÍCULO 1°- Declárase en emergencia económica, productiva, financiera y social por el término de trescientos sesenta y cinco (365) días a la cadena de producción de peras y manzanas de las provincias del Neuquén y Río ARTÍCULO 2°- Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a instrumentar regímenes especiales de prórroga para el pago de las obligaciones impositivas y de la seguridad social por parte de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).ARTÍCULO 3°- Facúltase al Poder Ejecutivo nacional a prorrogar por igual término la vigencia de la presente.ARTÍCULO 4°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.— REGISTRADO BAJO EL Nº 27354 — Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2017 EMILIO MONZÓ. — FEDERICO PINEDO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución Nacional, certifico que la Ley Nº 27.354 (IF-2017-9207617-APN-SST#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION el 26 de abril de 2017, ha quedado promulgada de hecho el día 18 de mayo de 2017.Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.Cumplido, archívese. — Pablo Clusellas.e. 26/05/2017 N° 36101/17 v. 26/05/2017 1 de 1

Sumarios

Sumario generado por IA

La Ley 27354 declara una emergencia económica, productiva, financiera y social por 365 días en la cadena de producción de peras y manzanas en ciertas provincias argentinas, con facultades al Poder Ejecutivo para implementar regímenes especiales de prórroga y facilidades de pago en obligaciones impositivas y de seguridad social. Además, suspende la iniciación y paraliza los procesos judiciales relacionados con dichas obligaciones durante la vigencia de la emergencia, y establece beneficios particulares para contribuyentes con ingresos inferiores a 7 millones de pesos, incluyendo prórrogas y tasas de interés preferenciales. La ley puede ser prorrogada por el Poder Ejecutivo.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta ley busca ayudar a las empresas productoras de peras y manzanas en algunas provincias argentinas que enfrentan dificultades económicas, sociales y financieras. Para ello, les permite al Estado facilitar el pago de sus impuestos y deudas con la seguridad social, suspendiendo los juicios y medidas de cobro durante un año. Además, las empresas con ingresos menores a 7 millones de pesos podrán acceder a condiciones aún más favorables, como prórrogas y tasas de interés muy bajas. En la práctica, esto significa que si usted tiene una empresa en esas provincias y sus ingresos son bajos, podrá pagar sus obligaciones en cuotas y con intereses mínimos, evitando que le embarguen o inicien juicios en su contra por ese período, lo cual le da un respiro para estabilizar su situación económica.

Autor: I.A.

Voces

  • emergencia económica
  • emergencia social
  • prórroga
  • obligaciones impositivas
  • seguridad social
  • facilidades de pago
  • deudas vencidas
  • suspensión de juicios
  • beneficios fiscales
  • regímenes especiales
  • declaración de emergencia
  • vigencia

Descargar PDF (requiere iniciar sesión)