MINISTERIO DE HACIENDA
- Tipo
- Ley
- Número
- 11.471/28
- Área
- CONGRESO
- Fecha de dictado
- 24/09/1928
- Publicación en el BO
- 31/10/1928
- Nombre
- Acordando derecho de jubilación.
MINISTERIO DE HACIENDA Ley N° 11.471 Acordando derecho de jubilación.Por cuanto: El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de LEY: Artículo 1.° ? Acuérdase derecho a jubilación de setenta pesos moneda nacional, mensual, a las obreras que trabajan a domicilio para las distintas reparticiones del Estado, siempre que no estén comprendidas en las Leyes Nos. 4.349 y 4.707.Art. 2.° ? Tendrán derecho a dicha jubilación aquellas personas que comprueben ante el Poder Ejecutivo, haber trabajado durante 25 años y tener 55 de edad.Art. 3.° ? El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley, se hará de Rentas Generales hasta tanto se incluya en el Presupuesto General de gastos.Art. 4.° ? Comuníquese al Poder Ejecutivo.Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a 24 de Septiembre de 1928.ELPIDIO GONZÁLEZ ANDRES FERREYRA Gustavo Figueroa D. Zambrano
Sumarios
Sumario generado por IA
La Ley N° 11.471 establece un derecho a jubilación de 70 pesos moneda nacional mensual para obreras que trabajan a domicilio para reparticiones estatales, excluidas de las Leyes N° 4.349 y 4.707. Para acceder, deben acreditar ante el Poder Ejecutivo 25 años de trabajo y tener al menos 55 años de edad. El financiamiento de esta prestación se realiza con recursos de Rentas Generales hasta su incorporación en el Presupuesto Nacional. La norma fue sancionada en 1928, en un contexto de reconocimiento de derechos previsionales específicos para trabajadoras domésticas.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta ley reconoce un derecho a una jubilación mensual de 70 pesos para las trabajadoras que realizan tareas domésticas para el Estado, siempre que hayan trabajado al menos 25 años y tengan 55 años o más. Es como si se creara una pensión especial para esas trabajadoras, financiada con fondos del Estado, hasta que se incluya en el presupuesto oficial. En la práctica, si una mujer cumple con estos requisitos, puede solicitar esta jubilación, lo que le proporciona un ingreso fijo en su vejez, similar a una pensión, aunque con condiciones específicas y un monto establecido por la ley.
Autor: I.A.
Voces
- jubilacion
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