SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Tipo
Resolución
Número
13/98
Organismo
ANSeS
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
20/01/1998
Publicación en el BO
23/01/1998
Nombre
Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la emisión correspondiente al mes de enero de 1998

Administración Nacional de la Seguridad Social SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Resolución 13/98 Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión Para la emisión correspondiente al mes de enero de 1998. Bs. As., 20/1/98 BO 23/1/98 VISTO la necesidad de establecer el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión Social para la emisión del mes de Enero del año año 1998, y CONSIDERANDO: Que es necesario adecuar Las fechas de pago, el pronóstico, los ingresos, el sistema previsional, en particular, los orígenes de la recaudación de aportes y contribuciones sobre la nómina salarial.¿Cuáles son las condiciones financieras vigentes para atender las obligaciones previsionales en los períodos anteriores? ¿Qué es la circunstancia, ante las limitaciones, los problemas, el sistema y la magnitud de las erogaciones, la necesidad de mantener el esquema de QUINCE (15) grupos de pago. Que debe aclararse que en dichas declaraciones. Prestaciones se incluyen bajo los códigos 129 o 130, según corresponda, la liquidación del "Subsidio" acordado por los Decretos N ° 2627/92 y 1524/94. Que la presente Resolución se encuentra en el uso de las facultades conferidas por el artículo 3 ° del Decreto N ° 2741/91 y por el artículo 36 de la Ley N ° 24.241.Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: Artículo 1 ° - Apruébase el Calendario de Pago de Prestaciones del Sistema Nacional de Previsión para la emisión correspondiente al mes de Enero de 1998, cuya fecha de inicio de pago sería fijada conforme se indica a continuación: I. Beneficiarios que han sido mensuales por todo el concepto no superen la suma de DOSCIENTOS PESOS ($ 200.-). GRUPO DE PACO 1: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 2 de febrero de 1998. GRUPO DE PAGO 2: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 3 de febrero de 1998. GRUPO DE PAGO 3: Documentos Terminados en 4 y 5, a partir del día 4 de febrero de 1998. GRUPO DE PAGO 4: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 5 de febrero de 1998.GRUPO DE PAGO 5: Documentos terminados en 8 y 9, a partir del día 6 de febrero de 1998. II. Beneficiarios que han sido publicados por todo el concepto superen los DOSCIENTOS PESOS ($ 200.-) y no superen la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA PESOS ($ 450.-). GRUPO DE PAGO 6: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 9 de febrero de 1998. GRUPO DE PAGO 7: Documentos terminados en 2 y 3. a partir del día 10 de febrero de 1998. GRUPO DE PAGO 8: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 11 de febrero de 1998. GRUPO DE PAGO 9: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 12 de febrero de 1998. GRUPO DE PAGO 10: Documentos terminados en 8 y 9 , a partir del día 13 de febrero de 1998. III. Restantes Beneficiarios. GRUPO DE PAGO 11: Documentos terminados en 0 y 1, a partir del día 16 de febrero de 1998. GRUPO DE PAGO 12: Documentos terminados en 2 y 3, a partir del día 17 de febrero de 1998. GRUPO DE PAGO 13: Documentos terminados en 4 y 5, a partir del día 18 de febrero de 1998. GRUPO DE PAGO 14: Documentos terminados en 6 y 7, a partir del día 19 de febrero de 1998. GRUPO DE PAGO 15: Documentos terminados en 8 y 9, A partir del día 20 de febrero de 1998.Art º. 2 ° - Mantíenese en VEINTE (20) días seguidos para la fecha de inicio de pago, el plazo de vigencia para todas las Ordenes de Pago Previsional, fijándose como fecha de rendición y presentación de la documentación impaga -OPP impagas- el quinto día hábil posterior al vencimiento del plazo de pago para el Grupo de Pago 15. Art. 3º- Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archivese.- Saul Bouer.

Sumarios

Sumario generado por IA

La resolución 13/98 del 20/01/98 de la Administración Nacional de la Seguridad Social establece un calendario de pago escalonado para las prestaciones del Sistema Nacional de Previsión correspondiente a enero de 1998, ajustando fechas según el monto de las jubilaciones y pensiones, y diferenciando los grupos de beneficiarios por terminación de documentos y monto de la prestación. La normativa también regula la inclusión del subsidio conforme a los decretos 2627/92 y 1524/94, y fija un plazo de veinte días para la emisión y presentación de las órdenes de pago previsional, con una fecha límite de rendición y presentación de documentación impaga al quinto día hábil posterior al vencimiento del plazo de pago para el último grupo. La resolución se fundamenta en las facultades del artículo 3° del Decreto 2741/91 y del artículo 36 de la Ley 24.241, y busca garantizar la adecuada gestión financiera y operativa del sistema previsional en un contexto de limitaciones presupuestarias y de recaudación.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta resolución básicamente organiza cuándo y cómo se pagan las jubilaciones y pensiones en enero de 1998. Divide a los beneficiarios en diferentes grupos según cuánto cobran y cómo termina su número de documento, y les asigna fechas específicas para recibir su pago. Además, establece que todos los pagos deben hacerse en un plazo de veinte días, y que las órdenes de pago impagas deben presentarse dentro de los cinco días hábiles después de esa fecha. Es como si se planificara un calendario de pagos para que todos reciban su dinero en orden y a tiempo, considerando las limitaciones financieras del sistema. También se aclara que algunos beneficios incluyen subsidios, según decretos específicos, y que la normativa busca mantener la organización y control del pago en un sistema con recursos limitados.

Autor: I.A.

Voces

  • pensiones
  • jubilacion
  • previsión

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