PREVISION SOCIAL

Tipo
Ley
Número
21.689/77
Área
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fecha de dictado
21/11/1977
Publicación en el BO
25/11/1977
Nombre
Increméntase los haberes de las pensiones a que son acreedores los beneficiarios de la Ley N° 11.412.

PREVISION SOCIAL LEY N° 21.689 Increméntase los haberes de las pensiones a que son acreedores los beneficiarios de la Ley N° 11.412.Buenos Aires, 21 de noviembre de 1977 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional, EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1° ? El haber mensual de las pensiones previstas en la ley 11.412, modificada por ley 12.613 y Decreto?Ley 22.174/44, en la ley 14.125, modificada por Decreto-Ley 6.619/57 y ley 19.036, y en la ley 21.236, será equivalente a tres (3) veces el haber mínimo de jubilación ordinaria de los beneficiarios del régimen nacional de jubilaciones y pensiones para trabajadores en relación de dependencia; y para la cónyuge supérstite, en el caso de los beneficiarios de la ley 21.236, equivalente al setenta y cinco por ciento (75 %) del haber que corresponda al titular.ARTICULO 2° ? La presente ley rige a partir del primer día del mes siguiente al de su promulgación.ARTICULO 3° ? Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.VIDELA José M. Klix Julio J. Bardi

Sumarios

Sumario generado por IA

La Ley N° 21.689 incrementa los haberes de las pensiones establecidas en diversas leyes previsionales, estableciendo que el monto mensual será equivalente a tres veces el haber mínimo de jubilación ordinaria para beneficiarios del régimen nacional de jubilaciones y pensiones, y para la cónyuge supérstite en casos de beneficiarios de la ley 21.236, equivalente al 75% del haber del titular. La normativa entra en vigencia al mes siguiente de su promulgación y busca mejorar la protección social de los beneficiarios, ajustando los montos previsionales a un nivel superior al mínimo establecido.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta ley básicamente dice que las pensiones que reciben ciertos beneficiarios serán más altas, específicamente, tres veces el sueldo mínimo de jubilación para la mayoría y un 75% para la esposa o esposo que recibe pensión tras la muerte del beneficiario. Es como si, en lugar de recibir una pensión básica, ahora obtienen una cantidad mayor, para mejorar su bienestar. La medida entra en vigor el mes siguiente a su publicación, por lo que quienes ya reciben pensiones deben esperar ese período para ver el aumento en sus pagos.

Autor: I.A.

Voces

  • previsión
  • pensiones

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