Resolución 39/99

Tipo
Resolución
Número
39/99
Organismo
ANSeS
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
20/01/1999
Publicación en el BO
26/01/1999
Nombre
Prorrógase el plazo establecido por el artículo 1° de la Resolución D.E. N° 767/98, que dispuso la rehabilitación del procedimiento para la incorporación de descuentos en las liquidaciones de haberes a los jubilados y pensionados vigente al 31 de marzo de 1998.

Resolución 39/99 del 20/1/99 ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución 39/99 Prorrógase el plazo establecido por el artículo 1 ° de la Resolución DE N ° 767/98 El 31 de marzo de 1998.Bs. As., 20/1/99 BO: 26/1/99 VISTO el Expediente N ° 024-99-80415829-0-790 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), la Resolución DE-NN ° 767 de fecha 9 de octubre de 1998, y la Resolución DE -NN ° 882 de fecha 26 de noviembre de 1998, y CONSIDERANDO: ¿Por qué la resolución se encuentra en primer término en el VISTO se dispuso de rehabilitación por el término de SESENTA (60) días? a partir de su publicación, el 31 de marzo de 1998. Que por resolución DE -NN ° 882/98 se prorrogó por el término de SESENTA (60 ) días a partir de la fecha de su vencimiento, el plazo establecido para el artículo primero de la Resolución DE -NN ° 767/98.¿Por qué? ¿Se ha producido un cambio en las funciones en esta Administración Administrativa de la Seguridad Social, y subsistir en la situación actual? Definitivas, prorrogando el plazo establecido en el artículo primero de la Resolución DE -NN ° 767/98. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado en cuenta la intervención de su competencia. Que en consecuencia, procederá el acto administrativo pertinente. Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3 ° del Decreto N ° 2741/91 y el artículo 36 de la Ley N ° 24.241.Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD RESUELVE SOCIAL: Artículo 1 ° -Prorrógase por el término de SESENTA (60) días a partir del 12 de febrero de 1999, el plazo para el artículo 1 ° de la resolución DE -NN ° 767/98, por los motivos de los Considerandos de la presente Resolución. Art º. 2 ° -Registro, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archivese.-Leopoldo van Cauwlaert.

Sumarios

Sumario generado por IA

La resolución 39/99 de la ANSES prorroga por sesenta días el plazo establecido en el artículo 1° de la resolución 767/98, en virtud de la continuidad de funciones y la necesidad de extender la vigencia de la rehabilitación administrativa. La prórroga se fundamenta en la potestad administrativa prevista en el artículo 3° del Decreto 2741/91 y el artículo 36 de la Ley 24.241, garantizando la continuidad de la gestión y la protección de derechos previsionales. La resolución implica la extensión temporal de un proceso administrativo, asegurando la permanencia en la situación de rehabilitación del beneficiario, en línea con la normativa vigente y la competencia del Director Ejecutivo de la ANSES.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta resolución básicamente dice que la ANSES decidió extender por otros 60 días un plazo importante que ya había sido establecido anteriormente. Es como si alguien hubiera dado un tiempo para hacer algo, y ahora, por motivos administrativos y para seguir cuidando los derechos de las personas, decidieron darles más tiempo. Esto ayuda a que los trámites no se corten y que las personas puedan seguir recibiendo beneficios o mantener su situación en regla sin preocuparse por perder derechos por un retraso en los procedimientos administrativos.

Autor: I.A.

Voces

  • jubilacion
  • pensiones
  • previsión

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