PREVISION SOCIAL
- Tipo
- Ley
- Número
- 20.314/73
- Área
- PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
- Fecha de dictado
- 26/04/1973
- Publicación en el BO
- 09/05/1973
- Nombre
- Se modifican las causas que dan lugar a la pérdida del beneficio de pensión.
PREVISION SOCIAL LEY Nº 20.314 Se modifican las causas que dan lugar a la pérdida del beneficio de pensión.Bs. As., 26/4/73 EN uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del Estatuto de la Revolución Argentina, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: Artículo 1º ? Sustitúyese el artículo 2º de la Ley 17.562, por el siguiente."Art. 2º ? El derecho a pensión se extinguirá: a) Por la muerte del beneficiario o su fallecimiento presunto, judicialmente declarado; b) Para aquellos que tengan derecho a la pensión del causante, cuando hicieran vida marital de hecho; c) Para los beneficiarios cuyo derecho a pensión estuviere limitado hasta determinada edad, desde que cumplieran las edades establecidas por las respectivas leyes orgánicas, salvo que a esa fecha se encontraren incapacitados para el trabajo; d) Para los beneficiarios de pensión en razón de incapacidad para el trabajo, desde que tal incapacidad desapareciere definitivamente, salvo que a esa fecha tuvieren 50 o más años de edad y hubieren gozado de la pensión por lo menos durante 10 años; e) Cuando el beneficio de pensión fuere por tiempo determinado, a la expiración de dicho término salvo que a esa fecha el beneficiario se encontrare incapacitado para el trabajo." Art. 2º ? La presente Ley entrará en vigencia el día de su promulgación.Art. 3º ? Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.LANUSSE Oscar R. Puiggrós
Sumarios
Sumario generado por IA
La Ley 20.314 modifica las causales de extinción del derecho a pensión, estableciendo que este se extingue por muerte del beneficiario, fallecimiento presunto declarado judicialmente, convivencia en unión marital de hecho, cumplimiento de edad límite salvo incapacidad, desaparición de la incapacidad en pensiones por incapacidad laboral (salvo mayores de 50 años con al menos 10 años de percepción), y por expiración del plazo en pensiones temporales. La ley entra en vigencia desde su promulgación y regula las condiciones específicas bajo las cuales se extinguen los derechos previsionales, ajustando los criterios de duración y condiciones de la pensión.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta norma básicamente dice que tu derecho a recibir una pensión puede terminar en varias situaciones, como si falleces, si dejas de cumplir ciertos requisitos de convivencia o edad, o si se termina el período por el cual te la concedieron. Por ejemplo, si tienes una pensión por incapacidad y esa incapacidad desaparece, en general, pierdes el beneficio, salvo que seas mayor de 50 años y hayas recibido la pensión por al menos 10 años. Además, si la pensión fue por un tiempo determinado, se termina cuando ese plazo vence, a menos que aún tengas incapacidad. La ley busca definir claramente cuándo y cómo se puede dejar de tener derecho a la pensión, para evitar dudas o abusos en su otorgamiento y extinción.
Autor: I.A.
Voces
- modificación
- previsión
- pensiones
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