ISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

Tipo
Resolución
Número
72/05
Organismo
ANSeS
Área
ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
Fecha de dictado
21/01/2005
Nombre
Establécese la libre elección de agente pagador por parte de los beneficiarios de las prestaciones de jubilaciones y pensiones a cargo del Régimen Previsional Público o de Reparto.

17/4/2019 Administración Nacional de la Seguridad Social SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Resolución 72/2005 E? Administración Nacional de la Seguridad Social SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Resolución 72/2005 Establecimiento de la libre elección de agente Pagador de la parte de los beneficiarios de las prestaciones de jubilaciones y pensiones a cargo del Régimen Previsional Público o de RepartoBs. As., 21/1/2005 VISTO el Expediente Nº 024-99-80975571-8-790 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), el Decreto Nº 1220, del 14 de septiembre de 2004, la Resolución DE -N Nº 1163, del 28 de octubre de 2002, y CONSIDERANDO: Que esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) hace efectivo el pago de las prestaciones de jubilaciones y pensiones a cargo del Régimen Previsional Público o Reparto, a CUARENTA Y DOS (42) entidades bancarias y financieras en todo el país, y CORREO OFICIAL en más de DOSCIENTAS CINCUENTA (250) localidades donde no existen entidades bancarias. La cantidad de bocas de pago autorizadas supera las TRES MIL SETECIENTAS (3700), compuestas por Centros de pago exclusivos y bancarias.Que esta ANSES habilitado más de CIENTO VEINTE (120) Centros de Pago donde, de acuerdo a las condiciones especiales estipuladas en la Resolución DE-N Nº 1163, del 28 de octubre de 2002, donde se encuentra en el presente informe. La seguridad social, siendo las condiciones de atención verificadas y controladas de manera permanente por ANSES. Sin embargo, en el presente artículo se encuentra un cargo exclusivo de esta ANSES.Que a través del Decreto Nº 1220, del 14 de septiembre de 2004, se ha establecido un esquema de reconocimiento de aranceles por el servicio de pago de beneficios, variables en función de las condiciones de atención a los beneficiarios y los recursos operativos y materiales Que cada entidad disponga para efectuar los pagos. Que también, la norma mencionada precedentemente, impulsó la incorporación de nuevas tecnologías, que optimizó la identificación de los beneficiarios y los mecanismos de control de las demoras en la atención. Las razones de cercanía en el lugar de cobro, la comodidad o la preferencia personal de cada beneficiario, deben ser considerados en el momento de asignar el lugar de pago.Que la política institucional del Estado Nacional, tiene la responsabilidad de garantizar a todos los ciudadanos el libro ejercicio de sus derechos. La libre elección del agente y el mecanismo de pago efectuado por el beneficiario y la determinación por él, en la función de los beneficios que se otorgan el agente pagador, que tiene como efecto la mejora en la calidad de la atención que usted recibe. ¿Por qué lo expresado en el momento anterior, en la boca de pago que elija? Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto Nº 2741/91 y el artículo 36 de la Ley Nº 24.241.Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: Artículo 1º? Establecimiento de la libre elección de agente pagador por parte de los proveedores de Prestaciones de jubilaciones y pensiones a cargo del Régimen Previsional Público o de Reparto, entre el 17/4/2019 Administración Nacional de la Seguridad Social SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES Resolución 72/2005 Eficiencia de las entidades pagadoras habilitadas para esto ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES). art. 2º? El trámite de cambio de agente pagador debe realizar el pago o el apoderado, en forma personal ante cualquier UNIDAD DE ATENCIÓN INTEGRAL (UDAI) o dependencia de ANSES, o telefónicamente a través de la UNIDAD DE ATENCIÓN TELEFÓNICA (UDAT) al teléfono 0800-222 -6737. Art º. 3º? Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivese. ? Sergio T. Massa.

Sumarios

Sumario generado por IA

La resolución 72/2005 de la ANSES establece la facultad de los beneficiarios de jubilaciones y pensiones del Régimen Previsional Público o Reparto para elegir libremente su agente pagador, entre entidades bancarias, financieras, o en localidades sin bancos mediante Correo Oficial. La normativa regula el procedimiento para solicitar el cambio de agente pagador, incluyendo la presentación personal o telefónica ante las unidades de atención correspondientes. Además, se contempla la incorporación de tecnologías para mejorar la identificación y control de pagos, y se reconoce la importancia de considerar la proximidad, comodidad y preferencias del beneficiario en la asignación del lugar de cobro, en consonancia con la política estatal de garantizar derechos y mejorar la calidad del servicio.

Autor: Inteligencia Artificial

Explicación asistida por IA

Esta resolución permite que quienes reciben jubilaciones o pensiones puedan escoger en qué banco o lugar quieren cobrar su dinero, en lugar de que la ANSES decida automáticamente. Por ejemplo, si alguien prefiere cobrar en un banco cercano a su casa o en un lugar donde se sienta más cómodo, ahora puede hacerlo. Para cambiar de lugar de cobro, solo necesita acudir en persona o llamar por teléfono a las oficinas de la ANSES. Esto busca que los beneficiarios tengan mayor control y comodidad en el cobro de sus beneficios, mejorando la atención y adaptándose a sus necesidades, como si uno eligiera en qué tienda o supermercado pagar sus compras en lugar de que le asignen uno automáticamente.

Autor: I.A.

Voces

  • jubilacion
  • pensiones
  • previsión

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