Resolución 79/2018
- Tipo
- Resolución
- Número
- 79/18
- Organismo
- ANSeS
- Área
- ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO SOCIAL
- Fecha de dictado
- 17/05/2018
- Nombre
- ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Resolución 79/2018 Ciudad de Buenos Aires, 17/05/2018 VISTO el Expediente N° EX-2018-21093499-ANSES-DPB#ANSES del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), y CONSIDERANDO: Que es necesario establecer el Calendario de Pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para las emisiones de los meses de Junio que incluye la primera cuota del haber anual complementario, Julio y Agosto/2018.Que en consecuencia, corresponde adecuar las fechas de pago al pronóstico de ingresos al Sistema Previsional, en particular los provenientes de la recaudación de aportes y contribuciones sobre la nómina salarial.Que las condiciones financieras vigentes para atender las obligaciones previsionales, permiten establecer el esquema de pago, en VEINTE (20) grupos.Que la por entonces Gerencia Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete, emitiendo Dictamen Nº 15541/00, según IF-2018-21382589-ANSES-DPB#ANSES.Que la Comunicación "A" 4471 del Banco Central de la República Argentina de fecha 6 de enero de 2006, regula la operatoria de rendición de cuentas para las entidades financieras participantes en la operatoria de pago de los beneficios de la Seguridad Social a cargo de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 2.741/91, el artículo 36 de la Ley N° 24.241 y el Decreto N° 58 de fecha 14 de diciembre de 2015.Por ello, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL RESUELVE: ARTÍCULO 1º.- Apruébanse los calendarios de pago de las Prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), para las emisiones correspondientes a los meses de Junio que incluye la primera cuota del haber anual complementario, Julio y Agosto/2018, que como Anexos Nros. I IF-2018-23275363- ANSES-DGF#ANSES, II IF-2018- 23275989-ANSES-DGF#ANSES, III IF-2018-23276621-ANSES- DGF#ANSES, forman parte integrante de la presente.ARTÍCULO 2º.- Establécese que la presentación de la rendición de cuentas y documentación impaga, deberá efectuarse de acuerdo a lo establecido por la Comunicación "A" 4471 del Banco Central de la República Argentina de fecha 6 de enero de 2006.ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. ? Emilio Basavilbaso.NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos) e. 21/05/2018 N° 34995/18 v. 21/05/2018
Sumarios
Sumario generado por IA
La resolución 79/2018 de la ANSES establece el calendario de pagos de las prestaciones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) para los meses de junio, julio y agosto de 2018, incluyendo la primera cuota del haber anual complementario. La normativa ajusta las fechas de pago en función de los ingresos previsionales, principalmente los derivados de la recaudación de aportes y contribuciones sobre la nómina salarial, en un esquema de veinte grupos financieros. Además, regula la presentación de rendiciones de cuentas y documentación impaga conforme a la Comunicación 'A' 4471 del Banco Central de la República Argentina, y se fundamenta en facultades otorgadas por el Decreto N° 2.741/91, la Ley N° 24.241 y el Decreto N° 58/2015.
Autor: Inteligencia Artificial
Explicación asistida por IA
Esta resolución de la ANSES fija cuándo y cómo se pagarán las jubilaciones y beneficios previsionales en 2018, ajustando las fechas según cuánto dinero ingresa al sistema, principalmente de los aportes de los empleadores y empleados. También indica cómo las entidades financieras deben presentar las cuentas y pagos pendientes, siguiendo reglas del Banco Central. En términos simples, es como un calendario oficial que dice cuándo y cómo se entregarán los pagos de jubilaciones y qué pasos deben seguir los bancos para rendir cuentas, asegurando que todo se haga de manera ordenada y en línea con las leyes y regulaciones vigentes.
Autor: I.A.
Voces
- jubilacion
- pensiones
- previsión
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