Abogados previsionalistas online
14/07/2020 · Especificas
Un Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar a un amparo de abogados previsionalistas y ordenó a la ANSES que garantice a los letrados inscriptos el acceso a la plataforma de atención virtual para poder iniciar jubilaciones.
l titular del Juzgado Federal de Seguridad Social nº 8, Juan Fantini, admitió en la causa “ASOCIACIÓN DE ABOGADOS PREVISIONALISTAS Y OTROS c/ ANSES Y OTRO s/AMPAROS Y SUMARISIMOS” los reclamos formulados por las Asociaciones de Abogados Previsionalistas y de Abogados de Buenos Aires.
Ahora, el organismo dirigido por Fernanda Raverta deberá garantizar que los letrados inscriptos en sus registros puedan acceder tanto a la Plataforma “Atención Virtual” como a la herramienta SIEEL – Atención Virtual, y realizar allí los trámites previstos en las Circulares 34/20 y 35/20 de la A.N.Se.S.(DPA y T), y los que paulatinamente vayan incorporándose en dichas plataforma
El grupo de letrados se presentó el 11 de junio para obtener una decisión que les permita a iniciar en representación de terceros todos los trámites que se hayan habilitado en el contexto de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio.
Fantini tomó esa decisión “advirtiendo la urgencia denunciada por ambas coactoras, y teniendo en cuenta que el perjuicio mencionado entraña un riesgo cierto e inminente de ver frustrados los derechos cuya tutela requiere protección jurisdiccional”.
Fantini invocó la urgencia y el interés institucional para habilitar la feria extraordinaria, y resaltó que "en un contexto de limitaciones a la circulación (...) es cuando más se debe garantizar el derecho a los administrados a recibir, en caso que así lo decidan, la asistencia de un abogado".
A ello agregó que de no darse estricto cumplimiento a lo ordenado, los administrados dirigirían sus pretensiones a la justicia, agravando la vigencia efectiva de derechos sociales de sectores vulnerables en razón del colapso que históricamente presenta el fuero de la Seguridad Social.