Cuánto poder de compra perdieron los jubilados de la Anses en el primer semestre

15/07/2022 · Especificas

Los haberes tuvieron una recomposición, en lo que va de 2022, de 29,12%, mientras que el incremento promedio de los precios fue de 36,2%, según informó hoy el Indec; en el caso de quienes están en el régimen especial de docentes la caída de los ingresos en términos reales es mucho mayor

Con una inflación del 36,2% en el primer semestre -según el dato oficial, informado esta tarde por el Indec-, los haberes de los jubilados y pensionados del sistema general gestionado por la Anses perdieron, al sexto mes y desde que se inició este año, un 5,2% de su poder de compra. Y, al haber recibido solo un reajuste y de un porcentaje muy bajo en relación con el incremento promedio de los precios, los ingresos de quienes están en el régimen previsional especial de docentes acumulan una caída mucho mayor aún: sirven para comprar un 20% menos de bienes y servicios que a principios del actual 2022.

En el caso del régimen general, hubo en lo que va del año dos recomposiciones: una de 12,28% en marzo y otra de 15% en junio. Así, la suba acumulada de los ingresos que se cobran mensualmente es de 29,12%. A eso se sumó, para un grupo de jubilados y pensionados (que no siempre fue el mismo grupo), la percepción de bonos, que se pagaron desde el Estado luego de conocerse que en el primer trimestre del año la inflación había sido de 16,1%, casi cuatro puntos más que el reajuste dado en marzo. Uno de los bonos, en el mes de mayo, fue de hasta $6000 y llegó a quienes tenían un haber de hasta $38.630; otro fue en junio, tuvo un monto de hasta $12.000 y fue percibido por los beneficiarios cuyo haber no superaba los $77.260. Esos importes fueron por única vez y no se incorporaron a los ingresos de cobro mensual.

El haber mínimo, que cobra el 47% de los titulares de beneficios del sistema, pasó en junio de $29.062 a $37.525. Si se tiene en cuenta la pérdida del valor de los pesos, con el segundo monto se puede comprar ahora menos del 95% de lo que podía adquirirse cuando comenzó el año con el ingreso que había en ese entonces. Como las subas fueron de iguales porcentajes para todos, esa misma conclusión abarca a quienes tienen ingresos más altos y es la que resulta, claro, de considerar el dato promedio de suba de precios que refleja la medición oficial del Indec. En la vida real, el nivel de la pérdida varía según cuál sea el conjunto de consumos que tenga un hogar.

La fórmula de movilidad que está vigente desde 2021 es la establecida por la ley 27.609, que se aprobó en diciembre de 2020, luego de que en todo ese año, el primero de la gestión de Alberto Fernández, no rigió ningún mecanismo automático de actualizaciones. En aquel período hubo subas otorgadas por el Gobierno de manera discrecional, con lo cual se concretó un significativo ajuste a la baja en los ingresos de los jubilados, tanto en relación con la inflación (en 2020 fue de 36,1%, mientras que los ingresos de los pasivos recibieron entre 24,3% y 35,3%, dependiendo del nivel de ingresos), como en comparación con las subas que hubieran correspondido en el supuesto de haberse mantenido vigente la fórmula de la ley aprobada en diciembre de 2017 (para ese año en particular y luego de dos períodos en los que se había ubicado por debajo del aumento de precios, de ese cálculo resultaba un incremento acumulado de 42,1%).

Lo ocurrido en ese período “puente”, el transcurrido entre la vigencia de la fórmula aprobada durante la gestión anterior y la puesta en vigor de la actual, es un tema que provocó demandas judiciales y sobre lo cual aún no se expidió la Corte Suprema de Justicia. Varios tribunales del interior del país le fueron dando la razón a los jubilados en sus reclamos.

En el cálculo que actualmente define los porcentajes de aumentos intervienen la variación interanual que tuvo en un trimestre la recaudación de los impuestos con los que se financia en parte el pago de las prestaciones de la seguridad social, medida por beneficiarios, y la evolución trimestral de los salarios según uno de dos índices oficiales (se elige el que haya tenido la mayor suba): uno calculado por el Indec y que contempla al empleo formal y al informal, y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Registrados (Ripte), que refleja lo que ocurre con los ingresos de empleados en blanco que tienen una determinada continuidad en sus puestos. Además, la fórmula tiene un tope vinculado con la recaudación de recursos que le llegan a la Anses, que se aplica -en caso de corresponder- con la recomposición del mes de diciembre.

La inflación no está contemplada en la fórmula, si bien tanto la recaudación de impuestos como la variación de los ingresos laborales de alguna manera la reflejan. De todas formas, en un escenario de inflación al alza como el actual, los jubilados también irían perdiendo poder de compra si los reajustes se hicieran considerando ese parámetro, porque se harían en función de la evolución que tuvieron los precios en un momento del pasado, que sería más baja que la variación del momento de aplicación de los incrementos.

Mientras que los jubilados del sistema general reciben recomposiciones en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, en el caso de los haberes del sistema especial de docentes las subas llegan solo dos veces por año: en el tercer y en el noveno mes. En lo que va de 2022, quienes están bajo este régimen -hay cerca de 170.000 beneficiarios- solo tuvieron un reajuste en marzo, de 9,38%. El porcentaje es el resultado del índice de movilidad especial que se usa para esta actividad, correspondiente al segundo semestre de 2021, descontado un anticipo que se otorgó a fines del año pasado, en un intento por compensar la caída del poder adquisitivo en esos meses.

Con el índice de inflación conocido hoy, correspondiente a la primera mitad de 2022, la caída de esos ingresos en términos reales llega a 20%.