Devolución de IVA a jubilados de Anses para compras con tarjeta de débito
05/09/2023 · Especificas
Los jubilados y pensionados que cobran en Anses podrán acceder a la devolución de IVA cuando compren con tarjeta de débito. Mirá todos los detalles
La Administración Federal de Ingresos Públicos ( AFIP) actualizó el régimen de devoluciones por compras con tarjeta de débito realizadas por jubilados y pensionados, ampliando así la cantidad de personas alcanzadas por la medida y el importe del beneficio.
Tras la modificación, se incrementa de $87.459,76 a $262.373,28 el ingreso máximo mensual que pueden percibir los beneficiarios de la jubilación para acceder a los reintegros.
Otro punto a favor para los jubilados en septiembre es que cobran sus haberes junto a un bono de $37.000 que se entrega a través de la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) en la misma fecha y lugar de cobro establecido por el organismo.
Devolución de IVA a jubilados
Con la nueva actualización de la AFIP, la devolución de IVA con la tarjeta de débito es también para quienes cobren una jubilación o pensión por fallecimiento que no exceda los 3 haberes mínimos, fijado para el mes de septiembre en $87.459.
En tanto, los jubilados y pensionados que sean alcanzados por el régimen verán incrementado el tope de reintegro a $18.000 por mes y por beneficiario.
Las personas que reciben una pensión no contributiva por debajo del mínimo y los beneficiarios de asignaciones universales por hijo o embarazo pueden recibir un reintegro de hasta $4.056 por mes y por beneficiario, o $8.114 en el caso de múltiples asignaciones.
Estos cambios seguirán rigiendo hasta el próximo 31 de diciembre 2023 en todos los comercios inscriptos en AFIP.
Devolución de IVA: cuándo se efectúa
El reintegro procederá automáticamente en la cuenta bancaria que percibe el beneficio de acuerdo al horario en que se realizó la compra, es decir:
- Compras antes de las 17 horas: el dinero se acreditará en un plazo de 24 horas.
- Compras después de las 17 horas: la acreditación puede demorar hasta 48 horas.
- Excepcionalmente, para compras realizadas entre el 1 y el 14 de septiembre de 2023, el reintegro se acreditará el día 15 del mismo mes.
Este programa de reintegro se aplica a las compras efectuadas con tarjetas de débito en farmacias y en tiendas minoristas y mayoristas que facturen a consumidores finales.
Quiénes NO acceden al beneficio
No podrán acceder al beneficio quienes cobren jubilaciones o pensiones superiores a los tres haberes mínimos, pero también hay otros casos como:
- No tendrán reintegro quienes no sean beneficiarios de asignaciones universales
- Quienes trabajen en relación de dependencia o como autónomo.
- Tampoco podrán acceder las personas con ingresos declarados en el impuesto a las Ganancias ni los monotributistas, excepto los adheridos al Régimen de Trabajador Promovido, monotributo social o al especial para pequeños productores agrarios de tabaco, caña de azúcar, yerba mate y té.
- Quienes tributen en el Impuesto sobre los Bienes Personales por otros bienes que no son vivienda única.
- Las personas que cobran más de un beneficio asistencial, excepto cuando se trate de asignaciones universales por hijo o por embarazo y hasta una pensión por fallecimiento que supere los 3 haberes mínimos.