Nuevo revés judicial para el recorte de las jubilaciones que impulsó el Gobierno
13/07/2018 · Especificas
El fiscal Gabriel de Vedia dictaminó que la retroactividad es "inconstitucional" y sostuvo que los haberes previsionales deben "ajustarse según la ley de movilidad jubilatoria aprobada en 2009" y no con la nueva fórmula aprobada en diciembre de 2018.
De Vedia dictaminó que la retroactividad es "inconstitucional" y sostuvo que los haberes previsionales deben "ajustarse según la ley de movilidad jubilatoria aprobada en 2009".
El representante del Ministerio Público Fiscal firmó cinco dictámenes a favor de los amparos iniciados por jubilados en contra de la nueva fórmula. De este modo, el funcionario aseguró que los aumentos de las jubilaciones, pensiones y la Asignación Universal por Hijo (AUH) deberán ser revisados para determinar si fueron inferiores a los establecidos por la ley de movilidad jubilatoria, sancionada en 2009.
Pérdidas en el primer semestre
En el primer semestre, las jubilaciones, pensiones y demás prestaciones de la Seguridad Social acumularon una pérdida superior al 4%, ya que los aumentos sumaron el 11,73%, contra una inflación que podría trepar al 16%.
De Vedia explicó en los escritos que los aumentos de marzo debieron realizarse con la anterior fórmula, con lo que el ajuste debió llegar al 14,5% en lugar del 5,7% que se aplicó.
"La retroactividad es inconstitucional, no quedan dudas y no creo que a esta altura alguien sostenga que es constitucional porque estaba vigente la otra ley", explicó el fiscal en declaraciones al diario Página 12.
De Vedia, indicó: "Todavía no digo que es inconstitucional porque hay que ver qué sucede y cómo evolucionan los índices. Pero sí advierto un viso de regresividad".
En línea con el dictamen del fiscal, la Cámara Federal de la Seguridad Social declaró en junio inconstitucional el pago de marzo a los jubilados porque debía aplicarse la fórmula anterior.