Discapacidad: qué beneficios tienen las Pensiones No Contributivas de ANSES

La ANSES brinda pensiones para acompañar a quienes no tienen trabajo formal ni cobertura previsional. Cuáles son los beneficios de la Pensión No Contributiva por discapacidad.

Para acompañar a las personas con discapacidad que se encuentren en situación de vulnerabilidad social, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) brinda prensiones que facilitan el acceso a una prestación económica a personas que no tienen aportes ante el organismo previsional por distintas razones.

Cabe destacar que la Pensión No Contributiva por Invalidez o discapacidad es compatible con el trabajo, ya sea en relación de dependencia, en forma autónoma o como monotributista del régimen general o monotributista social.

Además de la ayuda económica, las Pensiones No Contributivas (PNC) por discapacidad de ANSES brindan otros beneficios para evitar que quienes la reciben se queden fuera del sistema económico.

Por esta razón, la PNC contempla la cobertura médica social integral para el titular y su familia, además de sumarse el cobro de las asignaciones familiares y de ayuda escolar.

Lo cierto, es que las Pensiones No Contributivas por discapacidad de ANSES son las más solicitadas junto a las pensiones por vejez o para madres de siete hijos que también se entregan.

Requisitos para acceder a una Pensión No Contributiva por Discapacidad

Los requisitos para cobrar la PNC por Invalidez son:

  • Ser argentino nativo o naturalizado, o extranjero con al menos 10 años de residencia continua en el país.
  • Tener menos de 65 años.
  • No estar recibiendo jubilación pensión.
  • Para menores de edad, se requiere una residencia continua de al menos 3 años por parte de los padres, madres o tutores.
  • En caso de ser menor de edad, se evaluarán los ingresos del grupo familiar, con un límite de cuatro jubilaciones mínimas.
  • Residentes en ciertas provincias deben presentar además un informe catastral con sello del organismo emisor a su nombre (o de cónyuge/conviviente), o a nombre de los padres o tutor en caso de menores de 18 años, junto con el Certificado Médico Oficial (CMO).

La noticia proviene de ambito.com

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